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Delitos ambientales fuera de propuesta al Código Penal

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El representante popular Charlie Hernández denunció el viernes que el Código Penal propuesto por el gobernador Luis Fortuño deja sin efecto el alcance de los delitos ambientales.

‘Las enmiendas incorporadas al Código Penal propuesto por esta administración buscan dejar sin efecto algunos de los delitos ambientales que fueron incorporados desde el 2004 en la ley vigente. Cínicamente, la redacción propuesta busca darle pretextos a los violadores ambientales para atentar contra nuestros recursos naturales’, indicó Hernández.

Desde abril del 2005, Hernández había anticipado que Fortuño deseaba eliminar los delitos ambientales del Código Penal para complacer a ciertos individuos en el sector de la construcción que le habían financiado cientos de miles de dólares en sus campañas políticas.

En conferencia de prensa, Hernández presentó expresiones de Fortuño que confirman sus objeciones a los delitos ambientales y suministró evidencia de las significativas aportaciones de campaña realizadas por el sector de la construcción al entonces candidato a Comisionado Residente Fortuño.

‘Obviamente, Fortuño busca pagar finalmente la deuda de campaña que tiene con sus amigos en el millonario sector de la construcción. En la presente propuesta mutila dramáticamente la definición de los delitos ambientales hasta hacerlos inoperantes. Con la aprobación de este Código se culmina el atentado contra nuestro ambiente y los recursos naturales para tolerarle conductas irresponsables y criminales a entidades e individuos con capacidad para hacer daño irreparable al país. Esto es particularmente preocupante ante la insistencia de esta administración de construir el gasoducto de la muerte’, indicó Hernández.

Esencialmente, las enmiendas incorporadas declaran que el delito ambiental no se configura con el mero daño al ambiente. Tiene que demostrarse que el acusado cometió un acto intencional o con negligencia crasa y tiene que haberse causado daño a un ciudadano.

‘Según esta propuesta, si un ciudadano no sale lesionado por el acto negligente, no se configura el delito aunque contaminen ríos o lagos permanentemente’, dijo Hernández.

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