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Opiniones

Reivindicada la Reforma Laboral de 2017

El exsecretario del Trabajo aborda la determinación de la jueza Laura Taylor Swain de declarar nulas las enmiendas a la Reforma Laboral.

Una de las primeras reformas estructurales que se llevó a cabo en el cuatrienio de 2017 a 2021 fue la Ley 4-2017, conocida coloquialmente como la Reforma Laboral de 2017. Tomando en consideración estudios económicos de reconocidos economistas y medidas llevadas a cabo en otras jurisdicciones, esa reforma enmendó más de una docena de leyes laborales, modernizó el esquema regulatorio del derecho de empleo en Puerto Rico e incorporó nuevos derechos. Luego de 5 años de aprobada, los resultados de la Reforma Laboral de 2017 eran innegables: según la Oficina de Estadísticas Laborales del Gobierno federal, en comparación con enero de 2017, aproximadamente 110,000 personas adicionales se encontraban trabajando en la Isla para el verano de 2022. La tasa de participación aumentó alrededor de 3 por ciento en ese mismo periodo y la tasa de desempleo se redujo en 6 por ciento.

Sin embargo, en junio del año pasado se promulgó la Ley 42-2022. Esa ley introdujo algunas enmiendas a la Reforma Laboral de 2017. Nunca estuvieron claras las razones que tuvieron el Ejecutivo y la Asamblea Legislativa para aprobar esas enmiendas. Pero tras la aprobación de la Ley PROMESA, el Gobierno ya no puede incurrir en las prácticas pasadas de legislar a ciegas y “esperar a ver” cuáles serán los resultados de una nueva ley. Por lo tanto, tendrían que explicarle a la Junta de Supervisión Fiscal los propósitos de la Ley 42, con datos certeros y sin especulaciones.

Antes de que el Gobernador firmara la Ley 42, la Junta de Supervisión Fiscal le había notificado al Gobernador y a la Legislatura que esa legislación era significativamente inconsistente con el Plan Fiscal del Gobierno. La razón era sencilla: el Plan Fiscal certificado establecía diáfanamente que el Gobierno no podía aprobar legislación que rescindiera la Reforma Laboral de 2017. A pesar de ese mandato claro, el Gobierno de Puerto Rico todavía tenía una oportunidad bajo la Sección 204 de la Ley PROMESA de tratar de convencer a la Junta de que la Ley 42 era salvable. Para ello, el Gobierno tenía que demostrar que las enmiendas a la reforma laboral no tendrían un impacto negativo en el desarrollo económico de Puerto Rico. El Gobierno nunca lo hizo, y le dijo a la Junta de Supervisión que había que “esperar a ver” cuáles serían los resultados de la Ley 42. Como era de esperarse, la Junta de Supervisión llevó al Gobierno ante la sala de la Jueza Laura Taylor Swain y solicitó que se anulara la Ley 42.

Toda esta saga llegó a su fin el pasado viernes 3 de marzo. En una Opinión clara y contundente, la Jueza Swain le dio la razón a la Junta de Supervisión Fiscal y declaró nula la Ley 42. En términos legales eso significa que la Ley 42 nunca existió. Por lo tanto, a partir de esa decisión, la Reforma Laboral de 2017, en su totalidad, volvió a estar en vigor en Puerto Rico.

Los argumentos esbozados por el Gobierno en cuanto a que había que “esperar a ver” cuales eran los resultados de la Ley 42 fueron despachados por la Jueza Swain. En ese sentido la Jueza Swain escribió que “[l]os argumentos del Gobernador en cuanto a que los análisis de impacto fiscal [de la Ley 42] son imposibles de obtener, y su sugerencia de que la Ley se mantenga en vigor mientras la Junta y el Gobierno ‘esperan a ver’ su impacto no cumplen con los requerimientos de PROMESA, y son inútiles”. Lo que es más, la Jueza concluyó su Opinión con una orden directa al Gobernador y cualquier otro funcionario del Gobierno: “la Ley 41, y cualquier acción que se haya llevado a cabo para implementarla, son nulas ab initio. Además, el Tribunal le prohíbe permanentemente al Gobernador u otras personas que estén en concentración activa o participación con el Gobernador, que ayuden a personas privadas a poner en vigor la Ley 41”. Con esas palabras, la Ley 41 desapareció de los libros, como si nunca hubiera existido.

Aunque luego de 6 años de la Ley PROMESA podría ser un cliché describir como “histórica” una opinión de la Jueza Swain, la realidad es que el resultado del litigio de la Ley 41 es asombroso. Por primera vez el Tribunal federal a cargo de la quiebra de Puerto Rico deja claro que la Junta de Supervisión Fiscal tiene el poder de pedir que se anulen leyes que afectan exclusivamente al sector privado. Además, es la primera vez desde la aprobación de la Ley PROMESA que una decisión de la Jueza Swain tiene el efecto de “revivir” una ley anterior. Nuevamente, a partir del viernes pasado, la Reforma Laboral de 2017 está en vigor en su totalidad.

La anulación total de la Ley 41 indudablemente tiene efectos en el sector patronal de Puerto Rico. Preliminarmente, este impacto se puede dividir en dos grupos: por un lado, aquellos patronos que introdujeron cambios en sus manuales y políticas internas para incorporar las disposiciones de la Ley 41, y, por otro, aquellos que no lo hicieron y solo hicieron cambios tecnológicos para cumplir con los mínimos estatutarios. El primer grupo debe analizar si desean revertir al estado de derecho anterior y, de así quererlo, deben enmendar sus políticas internas. De lo contario, a pesar de la eliminación de la Ley 41, se exponen a argumentos de que contractualmente todavía siguen atados a las enmiendas introducidas por ese estatuto. De la misma forma, el segundo grupo debe analizar si desea revertir a la Reforma Laboral de 2017, pero no tiene necesariamente que pasar por el proceso de enmendar sus manuales internos.

Ciertamente, la totalidad de los efectos de la decisión de la Jueza Swain aún están por verse. Pero de lo que no debe haber dudas es del impacto de la Orden del Tribunal en el Gobierno: no importa si una ley afecta solo al sector privado, los días de aprobar leyes sin estudios y análisis quedaron atrás. Las repercusiones de proceder de esa manera son nefastas para nuestra jurisdicción. Tómese el ejemplo de las reformas laborales: en menos de un año, a todo el sector privado en Puerto Rico le cambiaron las reglas de juego en tres ocasiones. Esa inestabilidad es totalmente innecesaria y dañina para nuestro futuro desarrollo económico. Esperemos que no se repita.