Legislatura

Evalúan restringir a convictos por delitos sexuales vivan cerca de escuelas o de sus víctimas

La Comisión de lo Jurídico invitó a deponer en vista pública al Departamento de Justicia, Sociedad para Asistencia Legal y la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico.

Por Pamela Hernandez Dic 3, 2025
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Evalúan restringir a convictos por delitos sexuales vivan cerca de escuelas o de sus víctimas

Proyecto de la Cámara 733

La Comisión de lo Jurídico tendrá ante su consideración, hoy, miércoles, el proyecto de ley que busca prohibirle a personas convictas por delitos sexuales o abuso contra menores, que viva a una distancia de 1,000 metros o menos de escuelas y/o cuidos. 

El Proyecto de la Cámara 733, que es de la autoría del representante popular, Ramón Torres Cruz, enmienda la Ley 266- 2004, ya que considera que “es necesario fortalecer la Ley para asegurar la protección a las víctimas y quienes colaboran con la justicia”.

Actualmente, el Registro de Ofensores Sexuales de Puerto Rico refleja un total de 2,956 ofensores sexuales de los cuales 2,816 son varones y 43 féminas. 

Mientras, hay un total de 85 varones señalados por abuso contra menores y 12 féminas, para un total de 97 personas. 

La capital de Puerto Rico, San Juan, según las estadísticas reflejadas, tiene uno de los valores numéricos más altos. Registra actualmente 243 ofensores sexuales, seguido de Bayamón con 147 casos y Carolina con 125 casos registrados. 

Pueblos con incidencias de abuso contra menores está Caguas con 8 personas, 7 en el pueblo de San Juan y  5 en Ponce.

La propia exposición de motivos dicta que a pesar de que la Ley 266 ya reconoce que el abuso sexual es uno de los hechos violentos más graves que una persona puede cometer, las víctimas quedan marcadas con traumas permanentes. Lo que significa que la ley necesita mayor rigurosidad y protección para las víctimas.

Por tanto, la medida legislativa establece que el Tribunal “le prohibirá al convicto sexual de establecer su residencia a 1,000 metros o menos de alguna escuela elemental, intermedia o superior o establecimiento de cuido de niños debidamente certificados o licenciados por las agencias pertinentes”. 

Además, el Tribunal deberá prohibir que también establezca su residencia a 1,000 metros o menos de la residencia de la víctima o los testigos del caso. Esta prohibición se mantendrá en vigor mientras la persona permanezca bajo el registro de ofensores sexuales. 

Este proyecto de ley ya se aprobó en la Cámara de Representantes el pasado mes de septiembre con 41 votos a favor. 

La Comisión de lo Jurídico, que preside el senador Ángel Toledo López, tendrá a su consideración la evaluación de este durante una vista pública a partir de las 10:00 de la mañana. 

Los deponentes allí presentes serán: el Departamento de Justicia, Sociedad para Asistencia Legal y la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico. 

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