Tribunal prohíbe que Fortaleza exija credencial de Estado a periodistas
La jueza concluyó que esa identificación oficial no es válida para determinar quién puede tener acceso a las conferencias de prensa.
(NotiCel/Juan R. Costa)
El Tribunal de Primera Instancia le prohibió a la gobernadora Jenniffer González Colón y a su equipo de prensa requerir que los periodistas tengan la identificación del Departamento de Estado como condición para tener acceso a sus conferencias de prensa.
La determinación el lunes de la jueza Iris L. Cancio González aplica a las conferencias de prensa que convoquen la gobernadora y su equipo de prensa “en La Fortaleza o en cualquier otro lugar”, porque en Puerto Rico no hay un esquema formal de acreditación de prensa y el mecanismo legal que existe en Estado bajo la Ley de Tránsito se refiere única y exclusivamente a expedir tablillas de prensa.
“No hay duda de que esta actuación de los demandados coarta e incide sustancialmente sobre la función periodística de los demandantes al denegarle acceso total a las conferencias de prensa semanales que se llevan a cabo en la Fortaleza. El hecho de denegar el acceso total impide que estos periodistas puedan acceder a información pública esencial como es la que proveen los funcionarios de primer orden del gobierno en estas conferencias de prensa. Definitivamente, el derecho a la libertad de prensa de los demandantes se está coartando al denegarles el acceso a información gubernamental valiosa, sobre la cual pueden publicar o transmitir. La restricción impuesta de requerir la certificación de prensa, cuyo acto excede el poder delegado por ley, violenta el derecho de los demandantes a la libertad de prensa. A su vez, el denegar acceso total a dichas conferencias de prensa, les ocasiona un daño irreparable y recurrente, sin un remedio adecuado que no sea el provisto por el injunction preliminar y permanente”, razonó el tribunal.
La reclamación la presentaron el Centro de Periodismo Investigativo (CPI) y dos de sus periodistas, Luis J. Valentín Ortiz y Noel Algarín Martínez, a quienes se les negó acceso a Fortaleza para conferencias de prensa en diciembre pasado.
Al pedir la desestimación, la gobernadora había argumentado que “este caso no es otra cosa que un intento de utilizar el foro judicial para hacer un ataque viciado a la Administración del Gobierno” . “Esta acción amerita la imposición de honorarios de abogados por ser un pleito frívolo y temerario”, añadió.
Pero la jueza precisó que los argumentos legales para desestimar la demanda “no nos convencen ni persuaden”. También, observó que los demandados dijeron que la decisión de no permitir la entrada a los periodistas del CPI era una determinación administrativa adoptada y “de aplicación neutral y general”, pero no presentaron una reglamentación o protocolo donde conste dicha determinación.
Vea la sentencia aquí.
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