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Descubrimiento de pruebas sacude a Corrección

Datos de Justicia y Corrección exoneran a Physician Correctional en polémico caso – Hermes Ávila Vázquez no salió por Ley 25

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Descubrimiento de pruebas sacude a Corrección

La excarcelación del asesino Hermes Ávila Vázquez, quien posteriormente le quitó la vida a Ivette Joan Meléndez, fue resultado de una determinación unilateral e ilegal del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) bajo la dirección de la exsecretaria Ana Escobar Pabón. Así lo revelan documentos presentados ante el Tribunal de San Juan, en un caso iniciado por la empresa Physician Correctional contra el DCR. 

Durante más de dos años, el DCR sostuvo que los médicos de Physician Correctional, encargados de administrar los servicios de salud correccional, habían liberado al recluso sin realizar una evaluación médica adecuada. Sin embargo, la evidencia contenida, en los documentos del Departamento de Justicia, muestra una realidad completamente diferente. La secuencia clara de eventos establece que el DCR excarceló a Ávila Vázquez, sin que existiera una solicitud de Ley 25, y sin que el DCR haya requerido una evaluación médica.

En una entrevista realizada por el abogado Eddie López en el programa Nación-Z al abogado de Physician Correctional, licenciado Frank Torres Viada, se reveló la secuencias de eventos que concluyeron con la liberación del asesino. 

“Physician [Correctional] no liberó a nadie. A Hermes Ávila, lo liberó el Departamento de Corrección”, aclaró Torres Viada. El abogado mostró un documento preparado por el propio DCR denominado como “Evaluación para el Pase Extendido”, en el que se analizaron las circunstancias de liberación del recluso. Aquí la secuencia de eventos relacionados:

3 de julio de 2021: Hermes Ávila Vázquez solicita evaluación por Ley 25

El recluso Hermes Ávila Vázquez sometió la documentación requerida para ser evaluado previo a obtener una pase extendido. Esta solicitud es un beneficio de compasión otorgado por la Ley 25 de 1992, que provee al sistema de corrección autorizar la excarcelación de confinados que padecen de SIDA, enfermedades en etapa terminal o enfermedades incapacitantes. Ávila Vázquez se entendió cualificado para que se le otorgara el pase extendido al haber sido diagnóstico de paraplejia, vejiga neurogénica, colon neurogénica, enfermedad discogénica cervical y lumbar, y síndrome de cauda equina. Estos diagnósticos mantenían a Ávila Vázquez encamado, dependiente de una silla de ruedas y constante asistencia de enfermería.

9 de agosto de 2021: Evaluación del Médico

La evaluación clínica fue realizada por la médico de Physician Correctional. La doctora Deborah E. Arús Rosado examinó el expediente completo y llevó a cabo un examen físico al paciente. Su análisis se fundamentó en el diagnóstico de paraplejia, previamente confirmado por más de 50 galenos durante un período superior a 10 años. Arús Rosado recomendó continuar con la evaluación para el pase extendido conforme a la Ley 25, lo cual requiere una revisión adicional por un panel médico. Según la ley y los reglamentos aplicables, Arús Rosado no tenía la facultad en ley de liberar al recluso, solo podía recomendar al DCR que considerara la solicitud del pase, lo cual hizo.

28 de febrero 2022: Revisión por el Panel de Médicos

Un panel de médicos realizó un examen de la recomendación emitida por Arús Rosado. Esta evaluación, conocida como revisión por pares (“peer review”), tuvo como objetivo confirmar la precisión y validez del diagnóstico y recomendación inicial. Tras examinar el expediente clínico, el panel determinó que el DCR podía proceder con la recopilación de información necesaria para valorar la posible liberación de Ávila Vázquez. Según la Ley 25, una vez finalizada la función del panel, Physician Correctional quedó exento de cualquier responsabilidad respecto al resultado o destino de la solicitud del recluso.

31 de mayo del 2022: DCR Deniega la Solicitud de Ley 25

La solicitud fue denegada por el DCR  luego de dos meses de evaluación que incluyó un análisis del grado de peligrosidad y la naturaleza de la sentencia, plan de salud para su tratamiento una vez liberado, entrevistas a los familiares de las víctimas, apreciación del plan social y las consideraciones del lugar donde habría de residir.

Una vez denegada, el confinado tenía el derecho de apelar la determinación en o antes de trascurridos 30 días de la determinación del DCR, lo cual no hizo.

30 de junio del 2022: Denegación del Pase Extendido es Definitiva e Inapelable 

Hermes Ávila decidió no apelar la resolución que deniega su solicitud de pase extendido, por lo que dicha determinación se convierte en final y firme, concluyendo el caso sin que haya más asuntos pendientes por resolver. En esta fecha, el DCR pierde jurisdicción sobre el caso ya que la solicitud fue denegada y el confinado no solicitó una revisión.

13 de abril de 2023: Ávila Vázquez es liberado sin solicitud ni evaluación

Aproximadamente 11 meses pasada la fecha en que la solicitud de Ávila Vázquez fue denegada, sin que Ávila Vázquez lo hubiera solicitado, y ante la ausencia de una nueva evaluación médica, el DCR liberó al convicto. Durante la audiencia del Senado de Puerto Rico celebradas en mayo de 2024, la encargada de la Oficina de Programas de Desvíos del DCR, Celia Cosme, aceptó que fue la responsable de firmar la excarcelación de Ávila Vázquez.

“Un año después, 13 de abril de 2023, sin que hubiera una nueva solicitud abierta, sin que se hubiera hecho una nueva evaluación [médica], Corrección lo soltó; y para eso Physician [Correctional] no intervino. Porque la evaluación de Physician [Correctional]  fue un año antes, y después de esa evaluación le denegaron el pase. Un año después, sin que Physician [Correctional] volviera a evaluar, con una evaluación médica que ya no servía, porque un año después tiene que ser evaluado nuevamente, y sin que hubiera una solicitud formal, Corrección lo soltó”, detalló Torres Viada.

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