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Orejitas para las planillas de los menores de 26 años

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Si eres joven, trabajas a tiempo parcial o completo y tienes muchas dudas referentes a si tienes que rendir una declaración sobre impuesto (planilla) o no, este artículo debe interesarte. Es importante decir que todo individuo que genere ingresos por concepto de trabajo o servicios profesionales por más de $5,000 (ingreso bruto) tiene la obligación de rendir una planilla.

Oportunidad de recuperar el dinero

Para los jóvenes universitarios que les toque rendir una planilla y estén cursando sus primeros cuatro años dirigidos a un grado de Bachillerato, existe un crédito llamado ‘Crédito de la Oportunidad Americana’ bajo la ley federal 112-240 del 2 de enero de 2013, el cual otorga al universitario contribuyente un crédito de hasta mil dólares ($1,000) en gastos universitarios cualificados. En estos casos, se tendrá que llenar la planilla en papel (Anejo B2) y acompañarla de la forma 483.2 y toda evidencia requerida.

La cantidad del crédito a reclamarse dependerá de la cantidad de los gastos universitarios realmente incurridos y cualificados, tales como: cuotas de matrículas, cursos, libros, computadoras, programas de computadoras o tabletas. Esto aplicará siempre y cuando estos materiales sean requeridos por los cursos que estés tomando.

No obstante, el estudiante-contribuyente puede tener un ingreso bruto de cero y reclamar el crédito. Cómo? Esto es en caso de que haya pagado los gastos cualificados con ingresos exentos reportados en el anejo IE, gastos de pago de matrícula incurrida pagados con préstamos estudiantiles, o gastos costeados por la persona que lo reclame como dependiente en planilla. También podría ser si fueron costeados por el cónyuge que radique en conjunto, si lo hubiera. Para poder beneficiarse de este crédito, se debe presentar cierta documentación requerida junto con la planilla.

Exención sobre ingresos

En el caso de que hayas tenido veintiséis (26) años o menos durante el año contributivo, también, existe un beneficio contributivo para todos los jóvenes (no tan solo universitarios) por la Ley 135-2014, que te otorgará una exención de ingreso bruto hasta un máximo de cuarenta mil dólares ($40,000). Esto quiere decir que no pagas contribuciones si generaste ingresos menores de $40,000.

Si eres reclamado como dependiente por tus padres, esta exención no aplicará. Además, si usas esta exención, no tienes derecho a reclamar exenciones por dependientes.

Si aún eres dependiente

En el caso de que te haya tocado rendir planilla y todavía recibes ayuda de tus padres, podrías ser reclamado por ellos, siempre y cuando devengues ingresos brutos de siete mil quinientos ($7,500) o menos.

Para tus padres poder reclamarte como dependiente, debes cumplir los siguientes requisitos:

– Ser estudiante regular menor de 26 años que haya cursado estudios a tiempo completo (12 créditos o más) durante por lo menos un semestre académico a nivel subgraduado o técnico profesional en una institución universitaria reconocida en Puerto Rico, Estados Unidos o en el país extranjero correspondiente.

– Haber recibido más del cincuenta por ciento (50%) del sustento por parte de tus padres en el año contributivo.

– Ser ciudadano americano o extranjero residente.

– Si tienes la situación de padres divorciados, el padre que posea la custodia durante la mayor parte del año es el que tiene derecho a reclamarte, a menos que le ceda la exención al otro padre que no tiene la custodia. Si la custodia es compartida, entonces la cantidad de la exención por el dependiente se divide a la mitad, a menos que alguno de los padres renuncie a su parte.

Préstamos?

Si estudias con préstamos, podrías deducir el interés de préstamos estudiantiles en tu planilla. También si tus padres son los que han pagado estos préstamos, ellos podrían deducir el interés que paguen por tus préstamos estudiantiles a nivel universitario.

Radicación Electrónica o en papel:

Si estas radicando tu planilla por primera vez, puedes hacerlo de manera electrónica, pero ten en cuenta que ciertas excepciones podrían aplicar. Si necesitas asesoramiento para cumplir adecuadamente y tomar ventaja de los beneficios contributivos, debieras consultar un preparador de planillas o un Contador Público Autorizado (CPA).

*El autor es Colaborador Especial del Colegio de CPA.

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