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Economía

Negociado de Energía descarta excusas de LUMA y ordena facilitar la medición neta

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El regulador del sector energético ordenó la conexión de casi 1,000 clientes que LUMA mantenía fuera del sistema y reforzó el término de 30 días para la conexión de «prosumidores».

LUMA Energy presentó una larga lista de excusas que quería se le reconocieran para no conectar en 30 días a los consumidores que generan su propia energía, más larga que la que había presentado la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), pero el Negociado de Energía (NE) las descartó y reforzó el dictamen de ley de que los llamados «prosumidores» deben estar conectados a la red eléctrica en no más de 30 días.

Al enfatizar que la política pública no es obstaculizar la interconexión y la adopción de sistemas de generación por parte de los abonados, sino, al contrario, facilitarla, el NE concluyó que adoptar la postura de LUMA sería «declarar letra muerta» la ley 17 de 2019 y que lo que el operador pretende es que se le reconozca el poder de presentar «prácticamente toda excusa imaginable para no cumplir».

La determinación, conocida ayer, se produjo en dos casos, consolidados, que presentaron las empresas de sistemas de energía renovable Máximo Solar Industries y Windmar PV Energy en 2020.

La médula de la controversia está en la Ley 17 de 2019 que estableció la política pública sobre el manejo de energía en la isla y también un procedimiento expedito para la interconexión automática de sistemas de generación renovable (fotovoltaica, viento o cualquier otro método) con capacidad de generación de 25 kW o menos (los no residenciales puede ser hasta 1 MW) y que conlleva que la medición neta se refleje en la factura mensual de los abonados. Esto se refiere a que el llamado «prosumidor» (mezcla de productor y consumidor) puede generar energía en exceso que le vende a LUMA, lo que se traduce en créditos en su factura. El otro lado de la moneda es que los créditos significan reducción de ingresos para el operador.

El concepto es clave para la industria de generación distribuida que está en pleno auge en la isla y también para la meta de que la energía de la isla alcance el 100% de fuentes renovables para el 2050.

Inicialmente la AEE, pero luego LUMA cuando este comenzó a operar el sistema, presentaron una serie de razones que ellos entendían debían validarse para poder prorrogar el término de 30 días que tiene la ley al amparo de una razón general de «salvaguardar la integridad operacional de la red eléctrica». AEE planteaba coordinación de equipos, fusibles fundidos, problemas de regulación de voltaje y características de los generadores en la interconexión. LUMA enumeró 15 circunstancias que, sin ser una lista única, podrían representar «justa causa» para atrasar la interconexión incluyendo que las solicitudes de interconexión aumenten y «otras circunstancias que interfieran materialmente con la operación del Programa de Medición Neta, incluyendo aquellas que aumenten significativamente el costo de la operación».

Para Máximo y Windmar, la postura del operador de la red de escudarse en la «justa causa» para no cumplir es equivalente a que se quede «cruzado de brazos» y a que se le permita «añadir requisitos y aspectos procesales contrarios a la clara política pública de interconexión automática y medición neta».

«Si se permite que la acreditación de la justa causa se convierta en un juego de mero automatismo en el que los abogados conjuran excusas genéricas, carentes de detalles en cuanto a las circunstancias particulares que causaron la tardanza en cumplir con el término, se trastocarIa todo nuestro ordenamiento jurídico. De esa manera se convertirían los términos reglamentarios en metas amorfas que cualquier parte podría postergar», argumentó el NE.

En una vista cameral el 16 de septiembre de 2021, LUMA dijo a través de Don Cortez, su «vicepresidente de transformación», que cuando llegaron a gerenciar la red, la AEE tenía pendientes unas 9,000 solicitudes en el Programa de Medición Neta y ya 26,000 clientes estaban participando del mismo. A la fecha de la vista, las solicitudes pendientes eran 6,000.

En su determinación, el NE dijo que el término de 30 días podría admitir dilación por «justa causa», pero la adjudicación sería caso a caso y con una interpretación «restrictiva» de lo que es «justa causa». Además, ordenó la conexión inmediata de 929 casos que tenían pendientes ambas empresas, Máximo y Windmar.

Para ver la resolución y orden del NE, pulse aquí.

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