Victoria judicial para la soberanía deportiva
Tribunal desestima demanda contra federación.
La autonomía del Comité Olímpico de Puerto Rico (COPUR) y de sus federaciones afiliadas quedó salvaguardada nuevamente luego que el Tribunal Superior de San Juan desestimara una demanda presentada contra la Federación Puertorriqueña de Voleibol (FPV) y el Departamento de Recreación y Deportes (DRD).
La demanda la había presentado la empresa Sports Alternative, Inc, la Alianza Puertorriqueña de Árbitros y varios clubes privados de voleibol que pedían un cese y desista contra la FPV para que se le prohibiera interferir con los torneos de los demandantes y que se declararan nulos e ilegales los reglamentos de avales y afiliación de la federación.
Los demandantes alegaban que la FPV no puede autorizar, promover o de alguna manera reglamentar la práctica de voleibol en Puerto Rico, que no sea aquel de carácter olímpico o profesional.
También pedían al tribunal que determinara que el DRD es el único ente autorizado para implantar la política pública sobre la práctica del deporte de base o de categorías menores.
Sports Alternative, Inc. es la promotora que organiza los torneos Spring Volleball Challenge y el Jeep Volleyball Championship.
Finalmente, los árbitros reclamaban que los requisitos de afiliación y avales limitan su derecho al trabajo al tiempo que sostenían que solo el DRD puede imponerles requisitos. Todos los demandantes reclamaban compensación por los supuestos daños ocasionados por la FPV.
‘El sistema de avales federativos así como la potestad que tienen las federaciones para reglamentar el deporte de forma amplia ha sido ratificado por el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. En estos casos se confirmó el carácter privado del COPUR y de las federaciones afiliadas, resolviéndose que los procesos a los que voluntariamente se someten sus miembros son asuntos contractuales que deben ser resueltos por las disposiciones convenidas entre la entidad reguladora y los miembros, no por los tribunales de justicia’, lee la sentencia del juez Anthony Cuevas Ramos.
‘Lo anterior cobra mayor relevancia si tenemos en cuenta que por disposición expresa de la ley las federaciones, al igual que el COPUR, son organizaciones que operan libre de la reglamentación, control y supervisión del gobierno de Puerto Rico y sus municipalidades’,
El juez Cuevas Ramos desestimó la demanda ‘porque la parte demandante no demostró que tenga derecho a remedio alguno bajo cualquier estado de hechos que puedan ser probados en apoyo de su reclamación’.
‘Se declara…que todas las federaciones nacionales afiliadas al Comité Olímpico de Puerto Rico son entidades privadas que a través de contratos voluntarios de afiliación o avales con sus participantes tienen establecidos reglamentos que cumplen con las obligaciones federativas para con los organismos internacionales de conformidad con la normativa aplicable al movimiento olímpico y regir dicho deporte. La Federación Puertorriqueña de Voleibol no viola ningún derecho constitucional y está protegida por la autonomía deportiva’, determinó el tribunal.
Puede leer la sentencia a continuación:

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