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Aprueban aumento de un centavo por kilovatio en la factura de la luz

Para un cliente residencial no subsidiado con un consumo mensual de 800 kWh, la factura promedio pasaría de $209.85 a $217.84. Genera explicó que el aumento proyectado en el costo del combustible responde al impacto de la guerra

Por NotiCel Mar 27, 2026
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Aprueban aumento de un centavo por kilovatio en la factura de la luz

Sede de la Autoridad de Energía Eléctrica. Archivo/NotiCel.

El Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) de la Junta Reglamentadora de Servicio Público aprobó los factores correspondientes a las cláusulas de ajuste trimestral de la tarifa permanente de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) para el periodo del 1 de abril y al 30 de junio de 2026, tras evaluar la información presentada por LUMA Energy, así como los datos y proyecciones sometidos por los componentes del sistema eléctrico.

Una Resolución y Orden establece que, para un cliente residencial no subsidiado con un consumo mensual de 800 kWh, la factura promedio pasaría de $209.85 a $217.84, lo que representa una diferencia de 0.00999 $/kWh, o cerca de un centavo por kilovatio hora. La determinación forma parte del proceso de reconciliación y revisión periódica de las cláusulas de ajuste por compra de combustible (FCA), compra de energía (PPCA) y subsidio de combustible (FOS), las cuales permiten reflejar en la factura los costos reales asociados al combustible y a la energía adquirida para suplir la demanda del sistema eléctrico.

El pasado miércoles el Negociado de Energía celebró una conferencia técnica para recibir información de Genera PR, la AEE, AES y EcoEléctrica sobre el impacto en el precio del combustible de la guerra en Irán, así como sobre el efecto de la exención temporera de 90 días a las disposiciones de cabotaje de la Ley Jones concedida por el presidente Donald J. Trump. Durante la conferencia, Genera explicó que el aumento proyectado en el costo del combustible responde al impacto de la guerra en los mercados energéticos y que la exención temporera a la Ley Jones no tendría un efecto en reducir esos costos en este momento.

El Negociado determinó además reducir los costos de combustible reportados al identificar inconsistencias relacionadas con el inventario de combustible existente al cierre de febrero. La Resolución y Orden también señala que el combustible que permanecía en inventario al cierre del periodo de reconciliación no debió incluirse dentro de los costos recuperados mediante la cláusula de ajuste por compra de combustible. El NEPR determinó reducir los costos de combustible del período de reconciliación por la cantidad de $2.4 millones que representa la diferencia entre el inventario real de combustible y el inventario de combustible reportado.

El Negociado también decidió que los ingresos recibidos mediante la cláusula de ajuste por compra de combustible superaron los costos incurridos durante ese periodo, por lo que procede acreditar a los consumidores la diferencia correspondiente. A esos efectos, la Resolución establece que “aprueba un ajuste por la cantidad de ($12,283,791.73) como reconciliación de costos por concepto de compra de combustible para el periodo del 1 de diciembre de 2025 al 28 de febrero de 2026”.

En cuanto a la compra de energía, el Negociado determinó que los ingresos recibidos mediante la cláusula PPCA fueron menores que los costos incurridos durante ese mismo periodo. La Resolución establece que “LUMA debe recuperar de los consumidores esa diferencia durante el próximo periodo trimestral”, aprobando un ajuste por $3,497,550.94 correspondiente a esa reconciliación.

La Resolución y Orden también señala que el diferimiento de aproximadamente $55 millones relacionado con cambios de buques en el terminal de gas natural licuado de San Juan operado por New Fortress Energy continuará en suspenso hasta que se complete el proceso de reclamación y se presente la información necesaria para su evaluación final.

Finalmente, el Negociado ordenó a LUMA implementar los factores aprobados a partir del 1 de abril de 2026 y presentar en o antes del 15 de junio de 2026 la propuesta de factores correspondientes al próximo trimestre, que entrarían en vigor el 1 de julio de 2026, junto con las reconciliaciones correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo de 2026.

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