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Pospuesto el aumento a la tarifa de la AEE

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Pospuesto el aumento a la tarifa de la AEE

NEPR no ha recibido solicitud para aumentar la luz

Todo apunta a que el aumento de un centavo a la factura electrica que suponía entrar en vigor el próximo primero de julio, según disponía el Acuerdo de Apoyo a la Reestructuración (RSA) con los acreedores de la Autoridad de Energía Electrica (AEE), ha sido pospuesto indefinidamente.

‘La Autoridad de Energía Electrica informa que eso está sometido para el análisis de los abogados, es muy probable que se atrase. Tan pronto se tenga una determinación se notificará’, reza una declaración oficial enviada a NotiCel por la corporación pública respecto al aumento de un centavo al kilovatio hora para julio.

El aumento, catalogado como un cargo de transacción en el RSA, suponía entrar en vigor con la aprobación de ese acuerdo por parte de la jueza a cargo del caso de quiebra de la AEE, Laura Taylor Swain. Sin embargo, Swain indicó en la pasada vista de ómnibus del 12 de junio que ella no aprobaría el plan debido a que no proveía un análisis legal satisfactorio.

Una nueva vista fue programada para el próximo 11 de septiembre, fecha en la que Swain debería recibir la información que requiere para emitir una decisión sobre el RSA.

‘El RSA establece que una vez sea aprobado como tal en el tribunal es que hay una obligación del chavito. Como se extendió el calendario los equipos legales están trabajando sobre ese tema, no hay una conclusión todavía, pero nosotros sí comenzamos el trabajo en la medida que haya que hacerlo pues ya se llevó a cabo el proceso con el regulador’, explicó a este medio el representante del consumidor en la Junta de Gobierno de la AEE, Tomás Torres Placa.

Sin embargo, Torres Placa destacó que ese y los otros aumentos planteados en el RSA deben pasar ante la consideración del Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR), ente encargado de evaluar y aprobar el aumento. ‘En el Tribunal no se establecen tarifas. Que toda tarifa de energía se establece a traves del regulador. Así que la partes que representan al gobierno en este acuerdo tendrían que ir al NEPR a buscar dicha aprobación’, señaló el tambien director ejecutivo del Instituto de Competitividad y Sostenibilidad Económica (ICSE).

En este caso, sería la AEE, la Junta de Control Fiscal (JCF) y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) las partes con la autoridad para someter el propuesto aumento ante el NEPR. Lo cierto es, sin embargo, que hasta la fecha esa solicitud no se ha presentado. ‘El asunto está ante la Corte de Quiebra hasta el momento. El Negociado de Energía no ha recibido información distinta hasta el momento’, indicó a NotiCel el director de comunicaciones de la Junta Reglamentadora de Servicio Público, Exel J. López Velez.

Por su parte, el director ejecutivo de la AAFAF, Christian Sobrino Vega, tambien señaló que hasta el momento el aumento no se ha llevado a la atención del NEPR. ‘El RSA establece que una vez sea aprobado es que hay una obligación del chavito, como se extendió el calendario los equipos legales están trabajando sobre ese tema. No hay una conclusión todavía, pero nosotros sí comenzamos el trabajo en la medida que haya que hacerlo pues ya se llevó a cabo el proceso con el regulador. Pero no te tengo la contestación final’, expresó Sobrino durante una mesa redonda con los medios de prensa escrita.

Por su parte, el portavoz de la JCF, Edward Zayas, indicó a NotiCel que el cargo de transacción, ‘entrará en efecto tan pronto el Tribunal apruebe’. Pero la jueza Swain ya declaró en la última vista ómnibus que ella no tenía la facultad de aprobar los aumentos tarifarios expuestos en el RSA, por lo que la facultad legal para aprobar dichos aumentos recae sobre el NEPR.

Según la Ley de Transformación y Alivio Energetico (ley 57 del 2014), existen tres vías por la cual se puede aprobar un aumento tarifario: una modificación a la tarifa base, un ajuste temporero o mediante una tarifa provisional.

En un proceso de modificación de tarifa base, la AEE debe presentar la solicitud ante el NEPR y ese ente regulador tiene 180 días – casi 6 meses – para evaluar, celebrar vistas públicas y emitir una orden respecto el aumento. Este procedimiento provee para una extensión de hasta 60 días adicionales.

Mediante un ajuste temporero, el NEPR recibe una solicitud a esos efectos y debe decidir dentro de 10 días si aprueba o rechaza la solicitud. De aprobarla, entra en vigor el aumento y dentro de 30 días debe comenzar un proceso de vistas públicas. 60 días despues de finalizar el proceso de vistas públicas el Negociado debe emitir una orden final si aprueba el cargo y establecer la duración del mismo. De rechazarlo, el NEPR debe determinar si procede un ajuste tarifario.

Finalmente, la opción de una tarifa provisional puede ser iniciada por la AEE o por el propio NEPR para evaluar un propuesto aumento dentro de 30 días de emitirse esa solicitud. Posteriormente, si el ente regulador aprueba la tarifa provisional, entrará en vigor 60 días despues de la orden de aprobación o hasta 30 días despues, si así lo establece el NEPR. La duración de la tarifa provisional no puede ser mayor de 60 días.

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