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A discusión en la Cámara proyecto que prohíbe la tarifa de promotores de espectáculos

Otra medida obliga a los organizadores devolver el pago por el Impuesto de Ventas y Uso (IVU) y otros cargos por servicio cuando la actividad se cancela.

Por Javier Colón Dávila Ago 24, 2026
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A discusión en la Cámara proyecto que prohíbe la tarifa de promotores de espectáculos

El secretario de DACO, Hiram Torres Montalvo. (Archivo/NotiCel)

La Cámara de Representantes ha incluido en su Calendario de Órdenes Especiales de hoy dos proyectos que alteran considerablemente el esquema e cobro por boletos de eventos.

Uno elimina, como cargo separado al costo base, tanto el llamado “Promoters Fee” como el “Venue Fee”.

“Cualquier costo administrativo o de gestión del promotor deberá estar integrado en el precio de venta unitario del boleto y no podrá desglosarse como un cargo accesorio”, lee la medida. “Todo precio anunciado en material publicitario deberá reflejar la totalidad de los cargos operativos fijos integrados”, se añade.

El otro proyecto obliga a los organizadores devolver el pago por el Impuesto de Ventas y Uso (IVU) y otros cargos por servicio cuando la actividad se cancela.

El Proyecto de la Cámara 1031 propone prohibir la tarifa del promotor y la tarifa de la facilidad, que son cargos separados al cargo base y que sus detractores señalan como responsables de encarecer el costo de eventos en la isla, en detrimento de los consumidores.

Le tocará al Departamento de Asuntos del Consumidor hacer valer la propuesta nueva ley.

Por un lado, el Colegio de Productores de Espectáculos Públicos (COPEP) y un deponente identificado como Rolando Santa, favorecen la medida, pero el Departamento de Asuntos del Consumidor advirtió que meramente prohibir el desglose de es cargo solo provocará que los promotores aumenten el precio base del boleto.

Su secretario, Hiram Torres Montalvo, anunció en enero que haría un estudio económico sobre el impacto del Promoters Fee y al día de hoy se desconoce el resultado.

Un informe de la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara recoge todas las posturas.

La empresa Pie Tix señaló que prohibir el cargo “reduciría la viabilidad de espectáculos a gran escala”. Señalaron que se puede limitar a un máximo de $3 por boleto, siempre y cuando el gobierno reduzca el IVU en los boletos de 11.5% a 7%.

La Asociación de Productores y Profesionales del Entretenimiento (APPEP) indicó que el Promoters Fee “es la compensación por el servicio de producción y gestión del evento, que incluye, entre otros, la coordinación logística, la contratación de seguros, la publicidad, y – de forma esencial- la asunción y mitigación del riesgo financiero inherente a la producción de espectáculos públicos”.

“El promotor es quien asume la totalidad del riesgo empresarial, incluyendo la posibilidad de no alcanzar el punto de equilibrio. Ese riesgo no desaparece al integrar el costo al precio base del boleto; simplemente se oculta”, agregaron.

El Proyecto de la Cámara 429 obliga la devolución de cualquier cargo, incluyendo cargos por servicios y cualquier impuesto si se cancela o se suspende un evento.

Ticket Center se opuso al proyecto al señalar que la cancelación de un evento no debe imputársele a su empresa “ni debe generar obligaciones adicionales que desvirtúan la naturaleza de su servicio”.

“Ticket Center incurre en gastos adicionales significativos para devolverle el dinero a los clientes. Entienden que la legislación supondría un enriquecimiento injusto al imponérsele a la empresa no solo la obligación de rendir el servicio, sino también de revertirlo sin compensación alguna”, indicaron.

La APPEP señaló que el proyecto le pide a un promotor devolver fondos que “nunca recibió”.

“Explican que muchos de los cargos por servicio corresponden a las plataformas de boletería, las cuales ya prestaron efectivamente servicios tecnológicos y operacionales al momento de la compra, incluyendo el procesamiento del pago, la emisión del boleto y la atención al cliente. Por ello, considera injusto exigir que esos cargos sean absorbidos por los promotores o devueltos por entidades que no los recibieron”, lee el informe positivo.

La medida fue enmendada para que no se tenga que devolver al consumidor hasta 3% del costo relacionado a cargos financieros irreversibles impuestos por las procesadoras de tarjetas de crédito.

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