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Radican dos medidas para impedir que convictos por hit and run cualifiquen para una sentencia suspen

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Una pieza legislativa es de Ángel Matos García y la otra de Gretchen Hau y Héctor Ferrer Santiago. Todos son representantes por el Partido Popular Democrático.

Dos proyectos de ley, uno del portavoz popular en la Cámara de Representantes, Ángel Matos García y otro de sus correligionarios Héctor Ferrer Santiago y Gretchen Hau, han sido radicados para impedir que un ciudadano convicto por un caso de hit and run cualifique para sentencia suspendida.

En uno de los proyectos se limita la prohibición a casos de fatalidades y en el otro a casos de fatalidades y de grave daño corporal.

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Se trata de otra legislación radicada de manera reactiva ante un suceso en específico. En este caso, ocurre luego de que Carlos Maldonado fuera sentenciado ese tipo de castigo, lo que significa en su caso no pasará ni un solo día en la cárcel por causarle la muerte en un accidente de este tipo a Natalia Ayala Rivera.

Otro caso que podría dirigirse a un desenlace similar se está viendo en los tribunales e involucra otro hit and run, En este caso quien perdió la vida fue Lara Camila González, quien murió mientras viajaba como pasajera en un vehículo manejado por el ahora imputado Melvin Camilo Matthews Medina, quien abandonó la escena.

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Hace unos meses se radicaron varios proyectos para impedir que un convicto por incesto cualifique para los beneficios de la Junta de Libertad Bajo Palabra. Los proyectos de ley fueron motivados por el caso de Alexis Alicea Torres, acusado de cometer ese delito contra su hija.

El proyecto de Matos García, el P. de la C. 1958, enmienda la Ley de Tránsito (Ley 22-2000) y la Ley de Sentencia Suspendida y Libertad a Prueba (Ley 259-1946). En el caso de la Ley 22-2000 establece que cualquier convicto por causarle la muerte a otra persona en un accidente de tránsito y abandone la escena enfrentará una pena fija de 10 años sin posibilidad de probatoria o libertad a prueba.

En el caso de la Ley 259-1946 incluye como delito que no cualificará para libertad a prueba un delito grave que surja como consecuencia de que una persona conduzca un vehículo de forma imprudente o negligente, le ocasione la muerte a otra persona y se vaya a la fuga.

El proyecto de Hau y Ferrer Santiago es el P. de la C. 1957. Enmienda las mismas leyes, pero también el plan de reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación.

“Es necesario promover medidas más restrictivas y agresivas para penalizar este tipo de acto”, lee la Exposición de Motivos al referirse a los casos de hit and run.

En este proyecto, entre otras cosas, se eleva la pena por un caso de hit and run fatal de 10 años fijos a 15 años y también dispone que no cualificarán para programas de desvío convictos por causar lesión grave a una persona en un accidente de tránsito o por causar la muerte de una persona en un accidente de tránsito o como resultado de un hit and run.

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