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LUMA tiene que entregar información, excepto la relacionada a sus empresas matrices

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LUMA tiene que entregar información, excepto la relacionada a sus empresas matrices

Juez de Primera Instancia delimita cuáles son lo documentos que el operador privado de la red eléctrica debe entregar a la Cámara de Representantes y cuáles no.

El juez superior Anthony Cuevas Ramos emitió una orden para que tanto el operador privado de la red eléctrica de la isla, LUMA Energy LLC, como la Cámara de Representantes, delimiten las controversias en la confrontación que provocó un requerimiento de información que le hizo el cuerpo legislativo a la empresa y que mantiene al presidente de esta, Wayne Stensby, a las puertas del desacato.

La orden del juez no culmina el caso. Más bien, busca darle claridad a cuál es la información que ya se entregó, cuál no se ha entregado y cuál ya está determinado que no se tiene que entregar.

Este último renglón está cubierto por una sola categoría de información: toda aquella que tenga que ver con las marices de LUMA (ATCO y Quanta) así como con la Junta de Supervisión Fiscal, la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y la Autoridad de las Alianzas Público Privadas. Esto, porque el juez entiende que se trata de terceras personas que no están incluidas en el pleito y que no eran objeto del requerimiento de información de la Cámara, el cual solo iba contra LUMA.

Como lo planteó el juez, la Cámara podría emitir un requerimiento a cada una de esas otras entidades para pedirle documentos relativos a la operación de la red eléctrica y a la negociación del contrato de operación suscrito con LUMA, pero el cuerpo legislativo no puede utilizar a LUMA para llegar a esos documentos que no necesariamente están en su custodia o son los únicos con interés sobre los documentos.

“[A]claramos que quedan pendiente las controversias sobre los aspectos jurídicos de legitimación activa y jurisdiccionales y, además, los reclamos de confidencialidad de algunos documentos. Estos se atenderán luego de que el Tribunal reciba la moción sobre el cumplimiento o incumplimiento con los requerimientos a este momento, según se le está ordenando al Demandante”, dijo el juez.

Cuevas Ramos le dio 48 horas a LUMA para presentar certificación bajo juramento acreditando que no posee ningún documento relacionado con ATCO y Quanta y también acreditando cuáles son las piezas de información requeridas que no posee.

Por otro lado, le dio a la Cámara las mismas 48 horas para responder a cada una de las alegaciones de cumplimiento que LUMA le hizo al tribunal. En cada caso, el cuerpo legislativo tendrá que decir si los documentos que LUMA dice haber entregado cumplen o no con el requerimiento. Especificará mediante moción con cuáles se ha incumplido para que entonces el juez pueda tomar acción sobre ese incumplimiento.

Entre los múltiples renglones de información sobre los que la Cámara tiene que acreditar están: facturas, minutas de reuniones, ,planes de trabajo, detalles de la plantilla de empleados, “la compensación anual total del Presidente, y los seis principales ejecutivos” y sus beneficios marginales, así como contactos que hayan tenido con el exgobernador Luis Fortuño, el gobernador Pedro Pierluisi Urrutia y el cabildero Elías Sánchez Sifonte.

Para ver la resolución del juez, pulse aquí.

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