El recurso fue presentado por Luis Raúl Santiago Alvarado, acusado por la muerte de Mildred Beatriz Colón.
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, mediante un panel especial presidido por el juez Candelaria Rosa e integrado además por los jueces Adames Soto y Campos Pérez, emitió una sentencia que declara inconstitucional el delito de feminicidio establecido en el Artículo 93(e)(5) del Código Penal, supo NotiCel en primicia.
El recurso fue presentado por Luis Raúl Santiago Alvarado, acusado por la muerte de Mildred Beatriz Colón, bajo el cargo de feminicidio y violaciones a la Ley de Armas. El Tribunal de Primera Instancia había rechazado su moción de desestimación, por lo que el caso fue llevado en certiorari ante el foro apelativo.
El Tribunal de Apelaciones revocó la determinación del tribunal inferior y acogió la petición de desestimación. En su sentencia, el panel concluyó que el delito de feminicidio es inconstitucional por tres razones principales: Vaguedad legal, presunción de inocencia y discrimen por razón de sexo.
La sentencia anula las acusaciones por feminicidio contra el peticionario y, de mantenerse firme, invalida la tipificación penal de feminicidio en el Código Penal de Puerto Rico, obligando a revisar su redacción legislativa o su posible sustitución por una nueva ley.
Artículo 93(e)(5) dispone particularmente que constituirá asesinato en primer grado:
(e) Cuando ocurran las circunstancias establecidas en este inciso, el delito de asesinato se identificará como feminicidio. Cualquier sentencia condenatoria emitida por razón de asesinato en esta modalidad de feminicidio indicará tal hecho específicamente.
Se considerará feminicidio todo asesinato en el cual la víctima es una mujer, cuando al cometerse el delito concurre alguna de las siguientes circunstancias: El sujeto haya realizado actos o manifestaciones
esporádicas o reiteradas de violencia en contra de la víctima, independientemente de que los hechos fueran denunciados o no por la víctima.
Según el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico (IEPR), entre los años 2021-2024 se reportaron 96 feminicidios en total: 21 en 2021, 17 en 2022, 29 en 2023 y 29 en 2024. Hasta el 29 de octubre, se habían reportado 14 feminicidios.
“Se recibió la decisión del Tribunal Apelativo decretando la inconstitucionalidad del delito de femicidio contenido en el Código Penal. La Oficina del Procurador General se encuentra evaluando la decisión en consideración a los procedimientos legales aplicables. Por respeto a los procesos judiciales, estas son las únicas declaraciones que ofreceremos en este momento», reaccionó el Departamento de Justicia en relación a la decisión del Tribunal Apelativo sobre la decisión relacionada con el feminicidio.

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