Proyecto impulsa la esterilización de mascotas y un nuevo registro de rescatistas
Entre proyecto se entrelaza con el Proyecto del Senado 1088, que propone crear el Registro de Rescatistas de Animales de Puerto Rico.
Los senadores independentistas han presentado dos proyectos de ley para crear un registro voluntario de rescatistas de animales y ordena la implementación de una política pública a favor de estrategias de captura, esterilización y devolver (CED).
La pieza legislativa es presentada en momentos en que han capturado la atención del público varios casos de maltrato animal, como el ahogamiento de un gato en una piscina de Arecibo y el hallazgo de más de 40 perros condiciones deplorables en una residencia en Caguas.
El Proyecto del Senado 1089 parte de la premisa de que la Ley para Bienestar y Protección Animal (Ley 154-2008) no contempla la asignación de fondos, no ordena realizar programas para reducir la presencia de animales en la calle y no mandata la coordinación de esfuerzos entre los gobiernos municipales y el gobierno central. De hecho, el proyecto ordena al Departamento de Salud incluir en la próxima petición presupuestaria los fondos necesarios para cumplir con la propuesta ley.
Los senadores Adrián González Costa y María de Lourdes Santiago parten de la premisa de que la falta de una política pública que reglamente el método CED ha dado paso a esfuerzos “aislados, limitados o incluso obstaculizados”.
Entre proyecto se entrelaza con el Proyecto del Senado 1088, que propone crear el Registro de Rescatistas de Animales de Puerto Rico. La participación de rescatistas en el registro es “voluntaria”, dice la medida, que parte de la premisa de que no tener un registro oficial les impide identificarse y ser reconocidos y apoyados por el Estado.
Así las cosas, proponen que se cree un registro digital ante la Oficina Estatal para el Control de Animales (OECA) para que los rescatistas se apunten. El registro sería utilizado por el gobierno para “facilitar y coordinar” esfuerzos de bienestar animal con los registrados y solo los registrados cualificarían para subvenciones de la OECA, si hubiera dinero disponible.
El PS1089, entretanto, prohíbe la captura y eutanasia de animales excepto en condiciones de sufrimiento extremo. Establece que los animales en estado de abandono serán capturados de forma humanitaria por rescatistas o personal municipal, serán evaluados y esterilizados por personal licenciado o practicante de universidades, se marcarán y serán devueltos donde fueron encontrados.
La pieza legislativa le ordena al Departamento de Salud que desarrolle un plan para implementar el CED, establecer acuerdos con organizaciones sin fines de lucro, universidades y clínicas veterinarias y coordinar campañas educativas.
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