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Uniones conformes con suspensión de cobro de cuotas en San Juan

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Tras histórica decisión del Supremo federal.

El Sindicato Puertorriqueño de Trabajadores y Trabajadoras (SPT) ya inició el proceso para que el Municipio de San Juan detenga el cobro de cargos por servicios a los trabajadores que no están afiliados a su unión, como corresponde luego de la determinación del Tribunal Supremo federal.

El presidente del SPT, Roberto Pagán, dijo que contrario al gobierno central, el único municipio sindicalizado ha cumplido con la decisión del Supremo que prohíbe el pago de cuotas a empleados públicos desafiliados.

Según el líder sindical, el ayuntamiento esperó la notificación del sindicato para proceder conforme a la decisión del Supremo Federal a detener los cobros de los trabajadores no unionados, mientras que en el gobierno central se están circulando documentos para que los trabajadores se desafilien de las uniones.

‘El Municipio ha hecho lo correcto y se ha circunscrito a implementar la decisión del Tribunal Supremo’, indicó el líder sindical.

Pagán explicó que la organización solicitó por escrito al Municipio que detenga los cobros de cuotas a los empleados municipales que no son afiliados al sindicato. Este cobro se manifiesta en un ‘cargo por servicio’ que puede llegar a ser un máximo del 50% de la cuota regular que pagan los afiliados. De los 3,089 trabajadores municipales unos 240 no pertenecen al Sindicato Puertorriqueño de Trabajadores.

‘Nosotros le enviamos tanto al Departamento de Educación, su secretaria Julia Keleher como a la alcaldesa de San Juan, Carmen Yulín Cruz una carta solicitando que se detenga el descuento de cargos por servicio a los desafiliados y así procedió el Municipio. Eso es lo que tenía que hacer. Eso es lo que se ha estado en todas las jurisdicciones, pero no ha ido más allá de lo que determinó el caso Janus’, señaló Pagán.

Cinco uniones obreras acudieron al Tribunal para impugnar una resolución conjunta de la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico (OATRH) y el Departamento del Trabajo que establece el protocolo para suspender el descuento en la nómina de las cuotas de uniones y para que los empleados que así lo deseen reestablezcan el descuento automático.

A finales de junio el Tribunal Supremo de los Estrados Unidos determinó que es ilegal cobrar cuotas a trabajadores públicos que no pertenecen a la unión.

En una decisión cerrada 5-4 el más alto foro judicial opinó que ‘el cobro de cargos por servicios a los empleados que no son miembros de la Unión viola la Constitución, lo que quiere decir que las uniones del sector público no pueden cobrar estos cargos por los servicios, derechos y beneficios que les provee la Unión a todos los empleados que representa, incluyendo a quienes no son miembros’.

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