La jueza Aileen Navas Auger del Tribunal de Primera Instancia de San Juan determinó no ha lugar para el entredicho provisional radicado por la Cámara de Comercio de Puerto Rico contra varios manifestantes que impidieron el paso de participantes a la primera Conferencia PROMESA convocada el pasado 31 de agosto.
Cuando el recurso fue radicado el Tribunal citó a las partes de inmediato pero Xiomara Caro, JocelynVelázquez y otros demandados no pudieron ser emplazados en ese momento.Tras un segundo emplazamiento que corrió con la misma suerte, el Tribunal decidió ordenar la liberación de un carril en la avenida Ashford en Condado para permitir la entrada y salida hacia la actividad en el Hotel Condado Plaza sin afectar el derecho a la libre expresión de los manifestantes.
La representación legal de la Cámara de Comercio, Lcda. EuniceCandelaria, solicitó un interdicto permanente para que la parte demandada cesara y desistiera de impedir el acceso a cualquier actividad de la entidad amparándose en las declaraciones de las manifestantes a la prensa, en las cuales reiteraron que continuarían impidiendo ese tipo de eventos. La jueza Navas Auger determinó no ha lugar para esta solicitud ya que la parte demandante no demostró justa causa para ello.
‘Dado que la actividad culminó y que la parte demandada cesó en sus actuaciones de ese día, el remedio solicitado se convirtió en académico’, reza la sentencia divulgada hoy, martes. ‘La solicitud de que se expida un injuction permanente de forma sumaria no procede en derecho. Para expedir un injuction permanente el Tribunal tiene que tener jurisdicción sobre la parte demandada para garantizar el debido proceso de ley. En este caso, la parte demandada no ha sido notificada ni emplazada’, abundó la Jueza.
Para reiterar que la demanda se tornó académica, la sentencia dicta que ‘Las demandadas hicieron expresiones generales sobre sus futuras manifestaciones, pero de las mismas no se desprende que sus actividades estén dirigidas en específico a la Cámara de Comercio’.
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