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Juez Casellas: Es ‘ridículo’ pensar que hubo trato preferencial con su hijo

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El juez federal Salvador Casellas tildó de ‘ridículo’ y hasta ‘mala fe’ los comentarios de que el trato que ha recibido su hijo, Pablo Casellas Toro, en las apelaciones de los dos casos de los que fue convicto responde a, precisamente, que es hijo de un juez federal.

Casellas Toro cumplía sentencia de 109 años de cárcel por el asesinato de su esposa, Carmen Paredes, cuando el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revocó la convicción y accedió a su solicitud de nuevo juicio por entender que, según alegaron los abogados de defensa, cambios recientes en la jurisprudencia dictaban que el veredicto debió ser unánime.

Por otro lado, el también corredor de seguros enfrentaba una convicción federal por mentirle a un agente del FBI en un caso de supuesto carjacking cuando el Primer Circuito de Apelaciones de Boston decidió revocar la convicción por entender que la publicidad previa al juicio no garantizaba un juicio imparcial al acusado.

La decisión apelativa federal fue emitida por tres jueces no asignados al Primer Circuito, de la misma manera que el juicio federal fue conducido por un juez de otro distrito, todo en atención a que el acusado es hijo de un juez federal.

Precisamente, el juez Casellas recalcó en un aparte con NotiCel el miércoles en la noche durante la presentación de un libro que ‘tres jueces de tres circuitos distintos unánimemente decidieron que Pablo no había recibido un juicio justo e imparcial en Puerto Rico debido a la publicidad adversa y sensacionalista. Ese es el ‘issue’ principal del caso de Pablo en apelación’.

‘Es ridículo. Esos tres jueces los nombró Boston precisamente porque soy juez en este Distrito y trajeron a tres apelativos de tres diferentes circuitos de Estados Unidos’, insistió Casellas al confrontársele con la opinión pública de que la determinación respondió a su parentesco con el acusado.

El panel cita a la fiscalía aceptando que la publicidad fue ‘masiva’ y ‘sensacionalista’; y, en cuanto a las referencias del caso de asesinato que se hicieron en el caso posterior de ‘carjacking’, cita a la fiscalía comentando que ‘así que estamos diciendo, usted sabe, que (los casos) están relacionados, y entonces después le estamos pidiendo (a los jurados) que pretendan que no lo están’.

A su vez,el secretario del Departamento de Justicia, César Miranda, informó el miércoles que se presentó ante el Tribunal de Apelaciones local una moción de reconsideración luego de la determinación de otorgar un nuevo juicio a Casellas Toro tras no haber sido declarado culpable por unanimidad en el proceso que se llevó a cabo en su contra en el Tribunal de Primera Instancia por el asesinato de su esposa Carmen Paredes.

Sobre este particular, el juez Casellas se limitó a indicar que ‘tiene perfecto derecho de pedirlo (la reconsideración)’.

El tribunal intermedio sostuvo la decisión del Supremo local de que Puerto Rico no tiene soberanía dual porque nunca ha ejercido una soberanía primigenia. La agencia sostiene que Puerto Rico, al igual que los otros estados, tiene soberanía separada de los Estados Unidos por virtud del pacto que en 1952 creó la doble soberanía y el ELA.

Miranda indicó que el caso de Pueblo v. Sánchez Valle, el cual está ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, se circunscribió a la aplicabilidad a Puerto Rico de la doctrina de la soberanía dual como excepción a la protección constitucional contra la doble exposición. El Supremo, en ese caso, dijo que una persona convicta por un delito en el Tribunal federal no podía ser llevada a juicio por el mismo delito en un Tribunal estatal porque Puerto Rico no tiene una soberanía separada a la de Estados Unidos al ser un territorio.

El Secretario destacó también que la decisión de Sánchez Valle no habla de juicios por jurado. ‘La decisión de Sánchez Valle no tiene nada que ver con la aplicabilidad a Puerto Rico de otros derechos constitucionales federales como el derecho a un juicio por jurado. Se equivoca el Tribunal de Apelaciones al indicar que la decisión de Sánchez Valle estableció una nueva norma de derecho que invalida la Sección 11 del Artículo II de la Constitución del ELA que dispone que en Puerto Rico, los veredictos se emiten por mayoría’, dijo.

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