Apelativo reitera que DTOP tiene que entregar a la ACLU información que compartió con ICE
Annette Martínez, directora de la ACLU en Puerto Rico. (Juan R. Costa/NotiCel)
La directora ejecutiva de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU), Annette Martínez Orabona dijo que el Tribunal de Apelaciones validó la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (TPI), que ordenó al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), entregar el documento que proveyó a las agencias federales a la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, en inglés) de Puerto Rico.
“Esta determinación reitera que el secretario del DTOP tiene la obligación de hacer público el alegado subpoena que dio paso a la entrega voluntaria de los datos personales de miles de personas inmigrantes en Puerto Rico, a quienes el propio gobierno les había prometido confidencialidad en virtud de la Ley 97 de 2013”, sostuvo Martínez Orabona, en declaraciones escritas.
“Por tratarse de un documento público en posesión del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, el cual la ley no designa como confidencial, cuyo contenido no involucra información específica o sensitiva alguna que pudiese remotamente afectar una investigación en curso, el foro apelado actuó correctamente al ordenar su entrega al amparo de los términos de la Ley de transparencia y procedimiento expedito para el acceso a la información pública, Ley 141-2019, según enmendada. De hecho, el contenido del documento ya fue revelado públicamente por las agencias federales y locales pertinentes.
En cuanto a la posición del DTOP de que estaba impedido de divulgar la información solicitada en los requerimientos 2 y 5, por tratarse de documentos confidenciales o privilegiados, resaltó que, más allá de mencionar investigaciones en curso, que no fueron detalladas y que de por sí no constituían justificación suficiente para negarse a producir lo solicitado, la agencia no citó disposición legal alguna en la que expresamente se derrotara la presunción de publicidad de los documentos solicitados”, expresó el panel de jueces compuesto por Roberto Sánchez Ramos, Giselle Romero García y Alberto Pérez Ocasio.
“Esta decisión es un mensaje directo al secretario del DTOP, al Departamento de Justicia y al resto de las agencias públicas, sobre su deber de rendir cuentas al pueblo y sobre el derecho del público a saber cómo y por qué se toman decisiones, y de que no existe justificación para la traición a la confianza que las comunidades inmigrantes habían otorgado al gobierno de Puerto Rico”, añadió Fermín Arraiza Navas, director legal de la ACLU de Puerto Rico.
La ACLU de Puerto Rico presentó una demanda el 1 de octubre de 2025, luego que el secretario del DTOP, Edwin González Montalvo, se negara a cumplir con una petición de acceso a información pública sometida por la organización, para conocer cómo la agencia manejó y respondió el requerimiento que hizo el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, en inglés) a la agencia estatal. Tras una vista argumentativa, el Tribunal de Primera Instancia ordenó al DTOP entregar el subpoena – un requerimiento emitido por una agencia o autoridad administrativa, al sostener que el documento no era confidencial, como alegaba el DTOP. La agencia acudió al Tribunal de Apelaciones.
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