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Cantazo de Hacienda a negocios deudores

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Cantazo de Hacienda a negocios deudores

El secretario del Departamento de Hacienda, Juan Zaragoza Gómez, anunció que se han comenzado a implementar nuevas gestiones de cobro de deuda, que aunque el Código de Rentas Internas las provee no necesariamente se han estado utilizando en el pasado.

Entre las herramientas disponibles para realizar el cobro de deuda se encuentran los embargos de cuentas en instituciones financieras y cooperativas, embargo a la propiedad mueble e inmueble, descuento de sueldo, entre otras. Con respecto a este particular el Departamento de Hacienda tiene la facultad de utilizar cualquiera de las herramientas que mejor se ajuste a las gestiones de cobro que se están realizando a los deudores considerando todos los conceptos de deuda.

Juan Zaragoza explicó que ‘como parte de este esfuerzo, en la mañana de hoy, al amparo de la Sección 6060.02 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico, efectuamos un operativo que incluyó el embargo sobre propiedad mueble y por ende, la interrupción de las operaciones de los negocios o localidades impactadas. En dicho operativo se impactaron un total de 5 localidades pertenecientes a tres entidades legales.’

El Secretario fue enfático al explicar que ‘el pueblo de Puerto Rico tiene que tener claro que el cumplimiento de las disposiciones que establece nuestro Código de Rentas Internas no es opcional, la política del Departamento de Hacienda que hemos implementado no admite tolerancia ante el incumplimiento de esas responsabilidades.’

Por otro lado, el Secretario puntualizó que en el caso de personas que dejen de recaudar, retener y depositar el pago de contribuciones como el IVU, retención patronal de salarios o retención por servicios las acciones van a ser mucho más severas, toda vez que estos deudores se están apropiado ilegalmente de un dinero que no les pertenece. Zaragoza enfatizó que ‘los comerciantes que retienen el IVU y no lo remesan al departamento de Hacienda le están robando al pueblo de Puerto Rico y están dilatando el proceso de envío de reintegros’. Por tal razón el Departamento de Hacienda ya no está realizado planes de pago por concepto de IVU, retención patronal de salarios o retención por servicios.

Zaragoza Gómez informó que una de las entidades impactadas es una cadena de tiendas de venta al detal de ropa de infantes. En este caso se impactaron tres localidades de esta entidad dos de éstas ubicadas en el Municipio de Bayamón y otra localizada en el Municipio de Guaynabo. Esta entidad tiene una deuda de IVU de aproximadamente $1 millón, incluyendo penalidades, intereses y recargos.

Otra de las entidades impactadas se dedica a la venta al por mayor de metales y posee una deuda principalmente por concepto del IVU con el Departamento de Hacienda de aproximadamente $160,000.00, incluyendo penalidades, intereses y recargos. El local impactado se encuentra en el Municipio de Caguas.

En dicho operativo, además, se impactó a una entidad especializada en brindar equipos y materiales para la realización de actividades localizada también en el Municipio de Caguas. Esta entidad al momento del diligenciamiento del embargo tiene una deuda principalmente por concepto de IVU de aproximadamente $700,000.00, incluyendo penalidades, intereses y recargos.

El Secretario de Hacienda mencionó que los embargos y cierres tienen carácter preventivo y se efectúan con el propósito de garantizar el cobro de la deuda con el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Transcurridos treinta (30) días a partir de la fecha de esta notificación, dicho embargo será ejecutado si no se ha cancelado la deuda en su totalidad, ya sea mediante pago o evidencia de haber realizado el mismo, dentro de dicho término; o si no se ha impugnado el embargo en el Tribunal de Primera Instancia. La propiedad embargada o parte de ella, será vendida en pública subasta tan pronto como fuere posible después de dicho período, sin más aviso.

El Secretario mencionó que, por otro lado, la Sección 6080.02 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico, según enmendado, en su inciso (a) dispone que toda persona responsable de recaudar, retener y depositar el pago de cualquier contribución impuesta por el Código, estará sujeta en su carácter personal a una penalidad igual a la cantidad total de la contribución evadida, dejada de recaudar, dejada de retener, dejada de depositar, dejada de ser reportada, o dejada de ser entregada por la entidad o persona sujeta a dicha obligación por cualquier Subtítulo del Código. Esto, además de cualquier otra penalidad establecida en el Código a la entidad.

Sobre el particular Zaragoza mencionó ‘esta sección del Código nos permite imponerle una penalidad a los individuos responsables de remitir el IVU por la misma cantidad del impuesto que la entidad dejó de remitir al estado. Por tanto, si la corporación no me paga le puedo imputar al dueño una penalidad en su carácter personal y comenzar a realizar todas las gestiones de cobro que permite el Código. Lo mismo procede con aquellos negocios que cierran y luego abren nuevamente otra entidad legal’. Al día de hoy el Departamento de Hacienda ha emitido este tipo de multas a más de 20 individuos directores o ejecutivos de empresas que han dejado de remitir el IVU según requerido por el Código de Rentas Internas.

El Departamento de Hacienda también esta imponiendo las penalidades por dejar de remitir el impuesto sobre ventas y uso con mayor rigidez. La Sección 6043.04 del Código dispone que cualquier persona que dejare de remitir el IVU estará sujeto a una penalidad no menor del 25% ni mayor del 50% por ciento de la insuficiencia y que en los casos de reincidencia la penalidad aquí dispuesta será del 100%. Por tal razón determinamos imponer una penalidad del 25% la primera vez que se deje de remitir el IVU, 50% en la segunda vez y 100% a partir de la tercera infracción.

El operativo efectuado durante la mañana de hoy fue trabajado en unión con los Negociados de Recaudaciones, Impuesto al Consumo, la Secretaria Auxiliar de Inteligencia y Fraude Contributivo, la Secretaría Auxiliar de Rentas Internas, la Oficina del Secretario y la Policía de Puerto Rico. En el mismo participan 25 Técnicos en Contribuciones, 21 Agentes de Rentas Internas, 12 Agentes de Evasión y 10 Agentes de la Policía.

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