Government

Gobernadora firma ley que prohíbe la instalación de los baños inclusivos

Cada incumplimiento conlleva una multa administrativa de $5,000, hasta un máximo de $15,000.

Por NotiCel Feb 25, 2026
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Gobernadora firma ley que prohíbe la instalación de los baños inclusivos

La gobernadora Jenniffer González. Archivo/NotiCel.

La gobernadora Jenniffer González Colón, firmó la “Ley para la Regulación de Espacios Sanitarios Públicos del Gobierno de Puerto Rico” que prohíbe la instalación de baños inclusivos mixtos o neutros.

La Ley 26-2026 es de la autoría de la representante Lisie J. Burgos y de la coautoría de los representantes José F. Aponte, Ensol Rodríguez, Wanda Del Valle, Carmen Medina, Omayra Martínez, Emilio Carlo, Fernando Sanabria, Edgar Robles, Jorge Navarro, y Sergio Estévez.

El fin de la nueva ley, según el gobierno, es establecer un marco normativo uniforme aplicable a todas las agencias, dependencias, instrumentalidades, corporaciones públicas, incluyendo a la Universidad de Puerto Rico y los municipios; regular el uso y la designación de servicios sanitarios de ocupación múltiple; salvaguardar la privacidad, dignidad e integridad de las personas; disponer acomodos razonables; e imponer multas por incumplimientos. Su intención es mejorar las normas que van en protección a la seguridad pública sin discriminar a ninguna persona.

La medida es cónsona con la Orden Ejecutiva 14168 promulgada por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump. 

Los cambios más importantes son la prohibición de la instalación de baños inclusivos mixtos o neutros; mientras se exige contar con baños múltiples divididos conforme al sexo biológico de las personas, ello es baños para mujeres y baños para los hombres.

Se exige, además, con baños asistidos o familiares a ser usados por personas con diversidad funcional, de edad avanzada o menores de edad, que necesiten asistencia, o por personas de ambos sexos que así deseen utilizarlos.

Con la nueva ley se requerirá la rotulación e identificación clara de los baños múltiples por sexo biológico, así como la identificación clara de los baños asistidos o familiares.

Cada incumplimiento conlleva una multa administrativa de $5,000, hasta un máximo de $15,000. El dinero que ser recaudaría por concepto de dichas multas, si alguna, se va a destinar a un fondo del Centro de Ayudas a Víctimas de Violación (CAVV), creado por virtud de la Resolución Conjunta 2471 del 1976, adscrito al Departamento de Salud.

Las disposiciones de la ley no serán de aplicación para niños y preadolescentes de hasta 12 años, en baños regulares o baños identificados como familiar.

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