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Proyecto da incentivos a centros de datos supuestamente protegiendo el agua y el sistema eléctrico

La industria local es pequeña, con 11 instalaciones en operación, cuya capacidad publicada combinada no excede de 60 megavatios. El proyecto va dirigido a proyecto individuales de más de cinco megavatios.

Por Javier Colón Dávila Oct 20, 2026
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Proyecto da incentivos a centros de datos supuestamente protegiendo el agua y el sistema eléctrico

El proyecto reconoce los problemas de falta de generación eléctrica en Puerto Rico y ofrece ejemplos concretos sobre cómo la reserva energética se vio comprometida durante el verano. En la imagen, un centro de datos en Dakota del Norte./Fotocaptura.

Un proyecto de ley propone crear un marco de incentivos y requisitos para atraer y expandir centros de datos e infraestructura de inteligencia artificial en Puerto Rico, con obligaciones dirigidas a evitar que sus elevados consumos de energía y agua recaigan sobre los demás clientes del sistema.

La industria local es pequeña, con 11 instalaciones en operación, cuya capacidad publicada combinada no excede de 60 megavatios. El proyecto va dirigido a proyecto individuales de más de cinco megavatios.

La medida de Jorge Navarro, Jerry Nieves Rosario y Luis Jiménez Torres declara que la política pública será establecer en la isla centros de almacenamiento de datos en momentos en que son rechazados por comunidades por todo el mundo debido a su impacto sobre recursos naturales y las comunidades cercanas. El Proyecto de la Cámara 1523 dice que Puerto Rico “cuenta con ventajas reales para participar en esta industria: es jurisdicción de los Estados Unidos, posee estaciones de aterrizaje de cables submarinos y ocupa una posición estratégica entre Norteamérica y Latinoamérica”.

La medida, denominada “Ley para el Desarrollo de la Infraestructura de Cómputo e Inteligencia Artificial de Puerto Rico”, aplicaría principalmente a instalaciones con una demanda máxima de cinco megavatios o más. Para recibir incentivos, tendrían que contar con capacidad firme propia suficiente para cubrir el 100% de su carga en operación y mantener, además, una reserva equivalente a por lo menos 50% de esa carga para apoyar la red eléctrica cuando sea requerida.

Durante alertas de reserva, relevos de carga o emergencias, los centros no podrían depender de la generación del sistema eléctrico. También tendrían que sufragar íntegramente los estudios, la interconexión y las mejoras a la red atribuibles a su operación, sin trasladar esos costos a otros abonados.

El proyecto reconoce los problemas de falta de generación eléctrica en Puerto Rico y ofrece ejemplos concretos sobre cómo la reserva energética se vio comprometida durante el verano.

“Conectar centros de datos de gran escala a la red en estas condiciones, sin más, agravaría las interrupciones y presionaría la tarifa de los demás clientes. Esta Asamblea Legislativa no puede permitirlo”, dice la medida. “No podrá utilizar para fines de enfriamiento agua potable suplida por la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en exceso del límite que esta establezca, en consulta con el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, y durante una emergencia declarada que afecte el abasto de agua, la Autoridad podrá reducir o suspender dicho suministro. Lo anterior no exime de obtener las autorizaciones de extracción de aguas y de descargas, ni los demás permisos estatales y federales aplicables”, dice la medida.

El proyecto exige que, no más tarde del sexto año desde la energización de la primera fase, al menos 50% del consumo anual provenga de nueva energía renovable. Las instalaciones nuevas deberán diseñarse con una razón de eficiencia energética (Power Usage Effectiveness) no mayor de 1.3 y utilizar sistemas de enfriamiento de circuito cerrado, por aire, con agua reusada o no potable. El uso de agua potable estaría sujeto a límites de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados.

Las empresas podrían recibir decretos bajo el Código de Incentivos, exenciones sobre equipos tecnológicos y energéticos y, en ciertos casos, una tasa contributiva de 2% durante los primeros 10 años para ingresos de exportación atribuibles a expansiones. Esa tasa aplicaría únicamente a los primeros 20 megavatios de nueva carga de tecnología de información; el exceso tributaría a 4%.

En cuanto a arbitrios estatales e impuesto sobre ventas y uso, estarán totalmente exentos de los arbitrios estatales y del impuesto sobre ventas y uso dispuestos en el Código de Rentas Internas durante el período de exención, los servidores, las unidades de procesamiento gráfico  de procesamiento especializado, los equipos de almacenamiento y de redes de datos, los sistemas de enfriamiento, los sistemas de energía ininterrumpida, y los equipos de generación y almacenamiento de energía que constituyan su Capacidad Firme Propia, introducidos o adquiridos directa o indirectamente por el Negocio Exento para la Expansión.

La contribución sobre propiedad y contribuciones municipales estaría exenta en lo que concierne a la propiedad y al volumen de negocios atribuibles a la Expansión.

Como condición del decreto, cada centro cualificado reservaría al menos 5% de su capacidad de cómputo —o una porción equivalente de espacio, energía y enfriamiento— para la Universidad de Puerto Rico, agencias, municipios, investigadores y empresas emergentes locales. La capacidad se ofrecería a costo mediante un denominado Banco de Cómputo Soberano.

Los proyectos también tendrían que aportar anualmente al municipio donde ubiquen una suma equivalente al 25% de las contribuciones sobre la propiedad y patentes municipales exentas. Además, deberán establecer programas de adiestramiento en operación de centros de datos, sistemas eléctricos, enfriamiento y ciberseguridad junto con la Universidad de Puerto Rico u otras instituciones acreditadas.

La capacidad disponible de la red y los predios en las denominadas Zonas de Cómputo y Energía se adjudicarían mediante convocatorias públicas y competitivas. Entre los criterios figuran la reserva ofrecida al sistema, el uso de energía renovable, la eficiencia en agua y electricidad, la inversión, el empleo y la aportación al banco de cómputo.

El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) y el Negociado de Energía tendrían 180 días para aprobar la reglamentación principal, mientras el programa para expansiones de centros existentes deberá reglamentarse en 90 días. Las empresas rendirían informes anuales sobre consumo de agua y energía, empleo, eficiencia, renovables y apoyo a la red.

El incumplimiento podría conllevar multas, ejecución de garantías financieras y la suspensión o revocación del decreto contributivo. La propuesta no asigna fondos del Fondo General y dispone que las agencias deberán implantarla con los recursos disponibles.

De hecho, el proyecto mandata la creación del Programa de Expansión y Exportación de los Centros de Datos Existentes en el DDEC a fin de promover que los centros de datos que operan en Puerto Rico amplíen su capacidad y exporten sus servicios.

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