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Proyecto autoriza la revocación de licencias de armas de imputados de violencia contra animales

“Si bien esta asociación no supone que toda persona que maltrata a un animal habrá de incurrir necesariamente en actos de violencia contra seres humanos, sí justifica que se reconozca el maltrato animal como un posible indicador de riesgo…”, indicó el senador Carmelo Ríos.

Por Javier Colón Dávila Oct 12, 2026
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Proyecto autoriza la revocación de licencias de armas de imputados de violencia contra animales

El estado de derecho ya contempla, en la propia Ley 168-2019 (Ley de Armas) la suspensión y revocación de estas licencias cuando se determina causa para arresto por delitos graves o su tentativa, pero no atiende el escenario de delitos menos graves por maltrato o negligencia. Archivo/NotiCel.

Un proyecto de ley le permitiría al Estado suspender licencias de armas de cualquier individuo acusado de violentar la Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales.

Con la suspensión, el gobierno también tendría que ocupar las armas legales de cualquier tenedor de licencia, incluyendo municiones. Igualmente el gobierno no podría renovar una licencia de este tipo si el solicitante se encuentra enfrentando un caso de maltrato o negligencia contra animales.

La confiscación de las armas se activaría por conducta como abandono animal, confinamiento, maltrato por negligencia, negligencia agravada, maltrato, maltrato severo, maltrato agravado y organizar peleas.

El Proyecto del Senado 1507, del senador penepé Carmelo Ríos, hace una conexión entre el maltrato de animales y otras manifestaciones de violencia dentro del entorno familiar.

“La literatura especializada reconoce que ambas conductas pueden concurrir y que el maltrato de un animal puede emplearse como instrumento de intimidación, control o coacción contra personas en situación de vulnerabilidad”, lee la Exposición de Motivos del proyecto. “Si bien esta asociación no supone que toda persona que maltrata a un animal habrá de incurrir necesariamente en actos de violencia contra seres humanos, sí justifica que se reconozca el maltrato animal como un posible indicador de riesgo…”.

El estado de derecho ya contempla, en la propia Ley 168-2019 (Ley de Armas) la suspensión y revocación de estas licencias cuando se determina causa para arresto por delitos graves o su tentativa, pero no atiende el escenario de delitos menos graves por maltrato o negligencia.

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