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Proyecto Dignidad imputa mala fe al PNP y pide invalidar Código Electoral

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Presentan demanda sobre las disposiciones del Código que afectan la franquicia de los partidos después de elecciones.

El partido Proyecto Dignidad (PD) se convirtió hoy en el primero de los dos nuevos partidos que solicita al tribunal que declare inconstitucionales disposiciones del nuevo Código Electoral (CE) que inciden sobre qué pasa con la franquicia de los partidos que participaron en las elecciones.

El pleito de PD menciona que el Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) está en igual posición que ellos en cuanto a los efectos del nuevo ordenamiento. Hace varias semanas, el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) solicitó a la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) a través de su comisionado, Roberto Iván Aponte, que trate a PD y MVC bajo las disposiciones del código anterior, en vez de bajo las disposiciones del código nuevo.

Al corazón del pleito están dos artículos del CE que dictan requisitos adicionales para que los partidos que participaron en las elecciones queden inscritos y que crea una nueva organización en la CEE que trata distinto a los partidos de mayoría que a los partidos nuevos o minoritaríos.

El Artículo 6.1 dice que quedan inscritos los partidos que hayan obtenido por lo menos 2% de los votos a la gobernación y, además, que hayan postulado Gobernador, Comisionado Residente, un senador y representante por acumulación y un candidato a alcalde con legisladores municipales en al menos 39 municipios (50%). El Artículo 3.1 (2) (a)-(e) establece un esquema de partidos estatales “propietarios” y los demás partidos con franquicia que tiene el resultado de que solo los “propietarios” tienen derecho pleno a voto en todos los asuntos de la CEE, a tener sueldo y presupuesto de oficina para sus comisionados y a estar representados en el “balance institucional”. Los “propietarios” son los partidos que postulan en todos los municipios.

La demanda explica que ya surgió un daño concreto para PD porque se está retando la elección de un legislador municipal suyo de Río Grande, Héctor Santiago Ramos, debido a que PD no tendría franquicia bajo el nuevo código.

Los abogados de PD, Germán Ufret Pérez y Nelson Rosario, sostienen que, al aprobar el CE en verano, el Partido Nuevo Progresista (PNP) “sabía que PD no cumplía, ni podría cumplir, con los requisitos impuestos para poder ser un partido propietario y capaz de retener su franquicia electoral”. La mayoría legislativa del PNP en una actuación partidista e inconstitucional aprobó una legislación de su faz y de facto discriminatoria”, apuntaron.

Cuando el PNP, desde la Legislatura y la Gobernación, aprobaron el nuevo Código el 20 de junio de 2020, a 136 días de las Elecciones Generales, crearon un “esquema antiminorías” que “despojó ipso jure (por el derecho mismo) a MVC y al PD de su franquicia electoral sin haberse emitido aun un voto de las elecciones del 2020”. De hecho, la CEE había dado hasta el 16 de marzo para que los partidos sometieran sus listas de candidatos, por lo que, cuando se cambió el CE ni siquiera había oportunidad para que los nuevos partidos añadieran candidatos.

“En todo momento, desde la etapa de planificación para crear PD, organización, búsqueda de endosos, sometimiento de candidatos ante la CEE y cumplimiento con requisitos para los mismos, PD siguió, cumplió, y dependió del Código Electoral de 2011 que no solamente establecía las condiciones para que PD se inscribiese como partido político por petición sino también las condiciones que debía cumplir para preservar la franquicia electoral como partido político y proveía para su participación en los asuntos de la CEE en iguales condiciones que los demás partidos políticos inscritos”, se argumenta en la solicitud ante el Tribunal de Primera Instancia.

En las elecciones pasadas, PD obtuvo 6.9% de los votos a la gobernación, más del doble de lo que requería el código anterior para quedar inscrito, pero ahora, “la norma es tan absurda que… PD pudo bien ganar la gobernación y la comisaria residente, y aun así perder su franquicia”.

Las bases constitucionales del reclamo de PD son que las disposiciones mencionadas del CE son inconstitucionales por despojar derechos de manera retroactiva, violenta las libertades de asociación, propiedad, expresión y del voto, crea clasificaciones sospechosas y arbitrarias, y violenta la igual protección de las leyes.

“El CE trata de desarticular nuestra historia y nuestros valores políticos. Su legado en los breves meses de su existencia son una de las elecciones más cuestionadas y litigiosas conocidas hasta hoy, causadas en gran medida por sus nuevas definiciones y disposiciones, en algunas instancias arbitrarias e injustas, en otras contradictorias en sí mismas, impuestas a destiempo y sin consenso político. Esa característica del CE se destaca al considerar que consistentemente los tribunales han sostenido las determinaciones de la CEE modificando, ampliando y hasta ignorando sus caprichosas disposiciones… El electorado puertorriqueño claramente va por un carril, y el CE aprobado por la mayoría PNP va por otro”, concluyeron.

Para ver la demanda, pulse aquí.

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