Orden ejecutiva de la gobernadora concentró todo poder del programa bajo OGP, pero la agencia no está capacitada, según demanda.
Orlando C. Rivera Berríos, director de OGP. Archivo/NotiCel
Una orden ejecutiva de la gobernadora Jenniffer González Colón desmanteló el Programa de Banda Ancha (PBA) que había establecido su antecesor, eliminó la participación del sector privado y concentró el poder en la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), que ahora está manejando una propuesta de fondos federales para la que no tiene reglas ni está preparada, indica una demanda que pide la intervención del Tribunal de Primera Instancia.
Bajo la presidencia de Joseph Biden, el Departamento del Tesoro federal inició el PBA con la intención de ampliar el acceso a internet. En ese momento, el gobierno de Puerto Rico estableció un grupo de trabajo que incluyó al sector privado para desarrollar proyectos en los que invertir los fondos federales. Pero la gobernadora Jenniffer González Colón desmanteló esa estructura y colocó todas las facultades y poderes bajo la OGP, cuyo director, Orlando C. Rivera Berríos, responde directamente a la mandataria.
Del dinero federal disponible, el gobierno destinó $85.7 millones, poco más de la mitad, para un Programa de Resiliencia del Cable Submarino, que es un proyecto de infraestructura para dotar a la isla de redundancia en la conexión de internet mediante la construcción de plantas submarinas e instalación de segmentos de cables que aumentarían la conectividad, que ahora está concentrada en el norte de la isla.
La OGP inició un requerimiento de propuestas (RFP en inglés) en septiembre pasado, pero el 5 de noviembre uno de los participantes, Borikén Subsea Partners LLC, recurrió al tribunal para pedir una orden que paralice el proceso y para que se declare que la OGP no está capacitada para ejecutarlo.
Borikén apuntó a que la ley habilitadora de la OGP solo la faculta para contratar servicios profesionales relacionados al proceso presupuestario del gobierno y que la agencia calificó el RFP del cable como un “servicio profesional”, cuando realmente se trata de un proyecto de construcción que resultará en que el gobierno sea dueño de infraestructura altamente regulada, con todas las consecuencias de eso en términos de operación y licenciamiento. Todo esto sin que la oficina tenga siquiera un reglamento para realizar subastas y manejar propuestas.
El proponente, con sede en Ponce, plantea que la forma en que se está llevando a cabo el proceso los obliga a “decidir entre participar en un proceso jurídicamente inestable o perder una oportunidad de mercado”. “El proceso ha estado plagado por una falta de claridad y consistencia técnica”, subrayó.
Entre las irregularidades y fallas que plantea la demanda, están algunas que se han repetido en otras impugnaciones recientes de adjudicación de contratos. Inicialmente, los proponentes tenían solo 15 días para someter su propuesta. Entonces, OGP extendió el plazo dos veces. Con la última extensión lo llevaron hasta 50 días, pero no avisaban, así que los proponentes no podían planificar. Incluso, la segunda extensión se decretó después de que había terminado el período de la primera extensión, por lo que se creó potencialmente una división entre proponentes que cumplieron con el plazo y proponentes que entraron después de los demás, cuando se decretó un nuevo plazo.
Otro aspecto fue que el RFP dictaba que los proponentes debían incluir conclusiones técnicas expuestas en un estudio separado que OGP había hecho sobre el proyecto. Pero la oficina nunca proveyó ese estudio a los proponentes. Solo les dijo que siguieran las indicaciones sobre el estudio que se incluían en el RFP. Este estudio separado tiene aspectos como puntos de aterrizaje de cables submarinos en Puerto Rico, rutas submarinas viables, puntos de interconexión terrestres y estimaciones preliminares de costes, requisitos de permisos y consideraciones de ingeniería.
“La actuación de la OGP y el PBA al emitir el RFP parece ser ultra vires y contraria a la ley (y) es cónsono con el hecho de que la OGP no cuenta con un reglamento sobre procesos de subastas y de solicitud de propuestas que regulen el procedimiento del RFP y establezcan garantías mínimas de proceso de ley, incluida la posibilidad de impugnar el documento del RFP por ser defectuoso”, argumentó Borikén.
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