El secretario de la Cámara Baja y oficial de información, Alberto León Ayala, solo certificó que un representante declaró haber recibido ingresos extralegislativos adicionales a los permitidos por la ley.
Carlos "Johnny" Méndez/Cybernews.
Por no entregar las declaraciones juradas o informes sobre los ingresos extra legislativos de los representantes, el Centro de Periodismo Investigativo (CPI) presentó este lunes un mandamus contra la Cámara de Representantes en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan.
Según la Ley 97 del 1968, tanto los senadores como los representantes deben presentar una declaración jurada sobre todas sus fuentes de ingresos, el monto y la naturaleza de cuentas pendientes por cobrar. “Esta declaración jurada será documento público», se establece en la ley.A principios de mayo, la directora editorial del CPI, Wilma Maldonado Arrigoitía, envió una solicitud de información al cuerpo legislativo pidiendo estos documentos.
Sin embargo, el secretario de la Cámara Baja y oficial de información, Alberto León Ayala, solo certificó que un representante declaró haber recibido ingresos extra legislativos adicionales a los permitidos por la ley. Maldonado Arrigoitía dio seguimiento y aclaró que faltaba la información de todos los representantes, no solo los que no sobrepasaron el límite de 35% y que habían recibido ingresos adicionales.
“La Cámara de Representantes se ha negado a entregar una información que sabe que es pública. La misma ley que establece sus salarios dice que los legisladores tienen que hacer una declaración jurada en la que identifiquen sus fuentes de ingresos y dispone que esas declaraciones juradas son públicas”, expresó la editora Maldonado Arrigoitía.
“El presidente de la Cámara de Representantes, Carlos «Johnny» Méndez, y el secretario de ese cuerpo legislativo, Alberto León Ayala, han atrasado a propósito la divulgación de esta información y quiere que nos conformemos con una certificación que no cumple con nuestra petición de información y tampoco con la Ley de Salarios y Emolumentos para los Miembros de la Asamblea Legislativa, que dice que esas declaraciones son públicas”, añadió la periodista.
La Ley 97 del 1968 también establece que los legisladores podrán tener ingresos netos fuera de los de legislador hasta 35% del total de sus salarios como funcionarios. “En caso de que un legislador reciba ingresos fuera de los de legislador, deberá restituir o devolver a la Cámara correspondiente los salarios devengados durante el año natural a que corresponda en la proporción que esos ingresos excedan el por ciento antes estatuido», acorde al segundo artículo de la ley.
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