Gobernadora convierte en ley proyecto que prohíbe procesos médicos para cambio de género en menores
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La medida establece que “ninguna institución médica o profesional de la salud podrá realizar intervenciones quirúrgicas o tratamientos con medicamentos que alteren la biología del sexo de un menor de edad.
La gobernadora Jenniffer González Colón, convirtió en ley el miércoles el Proyecto del Senado 350 que establece la “Ley para la protección de la salud y el bienestar de los menores de edad en Puerto Rico”.
La medida, reconsiderada y aprobada por la Asamblea Legislativa con enmiendas sugeridas por la gobernadora, establece que “ninguna institución médica o profesional de la salud podrá realizar intervenciones quirúrgicas o tratamientos con medicamentos que alteren la biología del sexo de un menor de edad bajo el pretexto de una transición de género o como parte de un tratamiento de disforia de género”.
La ahora ley 63 del 2025 prohíbe las intervenciones médicas y quirúrgicas realizadas en menores de edad con el propósito de alterar la biología de su sexo como parte de un proceso de transición de género. Entre las intervenciones prohibidas se incluyen las cirugías de reasignación de sexo, como mastectomía, castración, penectomía, histerectomía, orquiectomía, vaginoplastia y faloplastia.
Asimismo, el proyecto prohíbe lo que denomina como “mutilación química”, que comprende el uso de bloqueadores hormonales de la pubertad y la administración de hormonas sexuales cruzadas —estrógenos o testosterona— para inducir características sexuales secundarias del sexo opuesto.
Estas prácticas son descritas en el proyecto como ilegales, no éticas y contrarias al interés superior del menor. No obstante, se establece una excepción cuando las intervenciones médicas se realizan con fines puramente médicos, es decir, no vinculadas a una transición de género. Esta excepción permite procedimientos clínicamente justificados en casos como hiperplasia suprarrenal congénita, síndrome de insensibilidad a los andrógenos o trastornos del desarrollo sexual (intersexualidad), siempre que se fundamenten en criterios médicos convencionales. En ningún caso estas excepciones amparan tratamientos dirigidos a modificar la identidad de género del menor.
Se establece que “toda persona que viole las disposiciones de esta Ley será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de 15 años. De ser un profesional de la salud quien incurra en la violación de esta Ley, además de imponérsele la pena antes descrita, se le revocará su licencia profesional.
“Si la persona convicta es una persona jurídica, será sancionada con pena de multa de cincuenta mil dólares por violación y se le revocarán todas las licencias y permisos de operación, impidiéndosele permanentemente llevar a cabo negocios en Puerto Rico”.
González Colón firmó además las leyes 56 a 62 del 2025. Estas provienen del Proyecto de la Cámara 31, que ordena al Departamento de Educación integrar cursos adicionales de historia y estudios sociales en escuelas ocupacionales; el Proyecto de la Cámara 307, que requiere a las agencias gubernamentales incluir un enlace directo a la Oficina del Inspector General en sus portales; el Proyecto del Senado 165, que separa los fondos ambientales de Culebra y Vieques en cuentas independientes; el Proyecto del Senado 643, que exime a la Oficina del Gobernador de ciertos procesos de compras públicas y reestructura la Junta de Subastas; el Proyecto de la Cámara 584, que transfiere el Programa de Justicia Juvenil al Departamento de Corrección; y el Proyecto de la Cámara 16, que permite a Vivienda y el CRIM usar drones para recopilación de datos sin las restricciones establecidas en la Ley 68-2021.
También se aprobaron las Resoluciones Conjuntas del Senado 14 (modifica los límites territoriales entre Naranjito y Toa Alta), Resolución Conjunta de la Cámara 140 (designa la Avenida Israel Roldán González en Aguadilla), Resolución Conjunta de la Cámara 2 (designa el tramo Baltasar Corrada del Río en San Juan), Resolución Conjunta de la Cámara 57 (designa el tramo Profesora Maggie Guzmán en Florida), y Resolución Conjunta de la Cámara 74 (designa el Circuito Beverly Ramos en Toa Baja).
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