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Aprueban ley que prohíbe que un menor cambie su sexo biológico

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Fue aprobada sin la celebración de vistas públicas.

Sin celebración de vistas públicas y sin discusión en el pleno, el Senado le dio paso a una medida que crea la «Ley para la protección de la salud y el bienestar de los menores de edad en Puerto Rico» con el fin de prohibir prácticas médicas para modificar el cambio de sexo de los menores de edad.

El tema de la prohibición a procedimientos médicos suena aún más desde que el presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, firmara una orden ejecutiva que prohíbe el tratamiento de transición de género y cirugías a menores de 19 años, lo que considera una «mutilación sexual».

Incluso, la orden comienza criticando que actualmente muchos médicos «están mutilando y esterilizando a un número cada vez mayor de niños bajo la afirmación radical y falsa de que los adultos pueden cambiar el sexo a través de una serie de intervenciones médicas irreversibles».

El Proyecto del Senado 350, de la autoría del presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz y Joanne Rodríguez Veve estipula que «los menores de edad, al no haber alcanzado aún la madurez emocional, cognitiva y física necesaria, son particularmente vulnerables a tomar decisiones que puedan tener consecuencias irreversibles».

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«Es deber del Estado velar por su bienestar integral, protegiéndolos de decisiones que puedan afectar su salud a largo plazo, especialmente cuando esas decisiones involucran cambios irreversibles en su anatomía y biología. Reconociendo los riesgos físicos, emocionales y psicológicos asociados a dichos procedimientos, se prohíbe el uso de recursos públicos para financiar, promover, asistir o avalar intervenciones que alteren de manera permanente la biología de los menores bajo el pretexto de una transición de género», agrega la medida.

Por tanto, el proyecto de ley prohíbe las intervenciones médicas y las instituciones públicas o privadas que reciban financiamiento público no podrán destinar fondos a estos procedimientos.

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El Departamento de Educación (DE) y el Departamento de Salud, tendrán la encomienda de desarrollar programas de educación y sensibilización dirigidos a la comunidad, a los padres, tutores y profesionales de la salud sobre los riesgos asociados con las intervenciones médicas y quirúrgicas para la modificación del sexo en menores de edad.

Mientras, el Departamento de Justicia tendrá la potestad de investigar y sancionar aquellos que violen esta ley. La persona que viole la ley será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de 15 años.

Si el caso es con un profesional de la salud, también se le revocaría la licencia profesional y si la persona es una persona jurídica, será sancionada con una multa de $50,000 por violación y se le revocarían todas las licencias y permisos de operación.

La medida fue aprobada con 22 votos a favor y dos en contra.

Ahora pasará a la consideración de la Cámara de Representantes.

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