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Llega la ‘crudita automática’, con todo y maromas constitucionales

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Tres días antes de que hoy entrara en vigor el aumento al arbitrio del crudo del petróleo, el equipo fiscal del Gobernador Alejandro García Padilla se aseguró de lograr su acometido, al recibir el proyecto del Senado 1301, con la firma de ambos presidentes legislativos, y un agregado en comite de conferencia: el Secretario de Hacienda tendría la facultad de aumentar automáticamente el arbitrio de no cumplir con los recaudos proyectados.

El proyecto 1301, que enmienda la Ley 1 de 2015, permitiría utilizar los recaudos de la denominada ‘crudita’ para hacer una emisión de bonos, sin tope al descuento, lo que quiere decir que el Estado pudiera comprometerse a pagar una cantidad mayor a la que realmente emita el prestamista, al final del vencimiento.

Esta enmienda se da, luego de uncabildeo intenso de la Fortaleza durante tres meses, para que se pudiera flexibilizar las limitaciones de la deuda que emitirá la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura (AFI) con los recaudos del arbitrio de $15.50 como fuente de repago. Pese a que el Ejecutivo convirtió en Ley, en enero, el proyecto de la Cámara 2212, que aumentaba de $6.25 a $15.50 el barril, su equipo fiscal quedó insatisfecho con las condiciones que impuso la Legislatura a la emisión de bonos: que fuera a una tasa de interés máxima de 8.5% y a un descuento máximo de 93%.

En la versión final, enviada el jueves a García Padilla, el Gobierno se compromete a garantizar el pago de la deuda, cuando el principal agregado no exceda de $2,950 millones, la tasa de interés máxima no exceda de 8.5%, y el vencimiento no exceda de treinta años. Se eliminó, sin embargo, el tope al descuento, lo que pudiera tener el mismo efecto que pagar un interés mayor a 8.5%.

Tal como se había legislado originalmente, los recaudos del arbitrio al barril del petróleo están comprometidos con el pago de la deuda de la Autoridad de Carreteras y Transporte (ACT), que se transferirá completa o parcialmente a la AFI, así como con el pago de estos bonos de refinanciamiento y con cualquier obligación adicional.

Mediante esta legislación, el Gobierno otorga también como prendas a los bonistas todos los recaudos de la ACT, entiéndase los arbitrios por galón de gasolina, por galón de ‘gas oil’, diésel, marbetes, petróleo crudo, cigarillos y derechos de licencia de vehículos.

El proyecto enviado por La Fortaleza sufrió, sin embargo, unos cambios. Pese a que García Padilla ha insistido en la importancia de este arbitrio para saldar la deuda de $2,200 millones con el Banco Gubernamental de Fomento (BGF), este proyecto incluía una disposición para que el BGF pudiera subordinar los préstamos que le adeuda a la Autoridad, a favor de los tenedores de bonos privados. Tal como había reseñado NotiCel, la prisa en aprobar la crudita era el pago de la deuda de $308 millones al Royal Bank of Canada. La deuda con el BGF puede esperar, a juzgar por el proyecto.

Sin embargo, la Legislatura cambió esta disposición, al requerir que se le pague al BGF al menos $1,000 millones producto de una o más transacciones de bonos de refinanciamiento. Está por ver si la Junta de la ACT acepta esta enmienda, o si la considera conveniente para las negociaciones que tienen en privado con Royal Bank of Canada.

Aumento automático

Más allá de los usos que se le den a estos recaudos, el proyecto vino premiado del comité de conferencia con enmiendas adicionales a las que había mandado La Fortaleza. Otorga la facultad al Secretario de Hacienda de aumentar automáticamente el arbitrio para que cumpla con los recaudos de $510 millones anuales. Si en su avalúo, encuentra que ha disminuido el consumo, entonces a partir de 2017 puede imponer un ajuste para que el recaudo del próximo año fiscal cumpla con las proyecciones.

Este ajuste automático choca con el Artículo 6 (Sección 2) de la Constitución de Puerto Rico, que dice que el poder de la Asamblea Legislativa para imponer y cobrar contribuciones y autorizar su imposición, ‘nunca será rendido o suspendido’. Sin embargo, la Asamblea Legislativa concedió la capacidad de aumento automático a cambio de sólo requerir al Secretario/a de Hacienda y al Director/a de AFI un Informe Anual sobre las cantidades recaudadas por los arbitrios, según consta en el Artículo 2 del proyecto enviado al Gobernador.

Vea también:

Ajoro de segunda crudita es deuda con banco privado, la primera se esfumó

Banco privado extiende la vida de la ACT tras aplazar pago

Que buena, que buena, que buena es la crudita, cantemos todos a coro! (galería)

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