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La demanda que obliga a mirar de nuevo

El médico le dijo: «es un catarrito”, lo dio de alta y murió de COVID

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La demanda que obliga a mirar de nuevo

Quiero contarle esta historia como si estuviéramos en la marquesina hablando entre amigos.

Doña Rita llevó a su esposo al hospital en Guaynabo en el 2021, en plena pandemia. El señor tenía fiebre, tos, se sentía mal. En el hospital le hicieron una prueba de COVID, salió negativa y le dijeron: es un catarrito, váyase para la casa. Días después, murió. Era COVID.

Doña Rita demandó. El hospital le contestó dos cosas:

  1. No nos puede demandar, a nosotros nos protege la ley federal Public Readiness and Emergency Preparedness Act (en adelante, “Ley PREP” del COVID.
  2. Y además, ya se le venció el tiempo para demandar.

El Tribunal de primera instancia y el Apelativo le dieron la razón al hospital y le botaron el caso sin ni siquiera ver la prueba. Ahora el Tribunal Supremo de Puerto Rico, en una decisión bien cerrada de 5 a 4, dijo: Aguanten. Así no. Y mandó el caso de vuelta para que se vea. Es la Opinión 2026 TSPR 105.

En arroz y habichuelas: ¿qué es esa Ley PREP?

Durante el COVID, el gobierno federal de Estados Unidos dijo: Si usted es hospital, médico o enfermera y usa cosas para combatir el COVID — vacunas, pruebas, mascarillas, respiradores — yo le doy una protección especial para que no lo demanden por todo.

Esa protección se llama Ley PREP. Y hacía falta. Yo como administrador se lo digo: en el 2020 estábamos con miedo, sin equipo, inventando. Había que proteger al personal en la primer línea de fuego que se arriesgó.

Pero algunos mal interpretaron dicha ley y convirtieron esa protección en una capa de invisibilidad.

O sea, como le hice una prueba de COVID en la entrada, ya no me puede demandar por nada de lo que haga después, aunque lo haya atendido mal.

Y eso fue lo que pasó aquí. El Supremo dijo una frase que todos en salud debemos enmarcar:

La inmunidad de la Ley PREP es amplia, pero no es infinita ni omnipotente. No exime de responsabilidad por cualquier daño imaginable.

En arroz y habichuela: No es automática.

¿Qué dijo el Supremo que hay que hacer ahora?

El Supremo puso 4 candados que el juez tiene que verificar ANTES de botar un caso:

  1. ¿La persona que atendió está realmente cubierta por la ley?
  2. ¿Realmente usó una de esas cosas contra el COVID?
  3. ¿Pasó en el tiempo y lugar de la emergencia?
  4. Y lo más importante: ¿El daño que sufrió el paciente tiene que ver DIRECTAMENTE con esa cosa que usaron?

Eso le llaman nexo causal. En sencillo: tiene que haber una conexión real.

No es razonable, dice el Supremo, que porque usted le hizo una prueba de COVID y salió negativa, ya quede inmune de todo lo demás que hizo mal después. Si no diagnosticó bien, si mandó al paciente grave para la casa, eso se tiene que investigar. No se puede esconder detrás de la prueba.

Además, el Supremo aclaró que esa inmunidad no es algo que el juez puede usar para botar el caso a primera vista. Es una defensa que el hospital tiene que probar. Y si usted como paciente dice en su demanda a mi esposo lo atendieron mal y murió, el juez tiene que creerle eso al principio, dejar que el caso siga y se valide el dańo.

La segunda parte: el tiempo para reclamar

Aquí hay otra lección para la gente.

En Puerto Rico usted tiene un tiempo corto para demandar a un hospital, usualmente un año. Pero ese tiempo se puede parar si usted reclama.

Doña Rita había enviado cartas y reclamaciones al hospital antes de demandar. El hospital decía que eso no contaba.

El Supremo dijo que sí cuenta. Si usted reclama a tiempo, por un medio serio como una carta o un email, y la persona se entera, usted paró el reloj.

Y algo más importante para el paciente de a pie entienda, si usted le reclama al hospital, esa reclamación también le sirve para los médicos que trabajan allí. No tiene que ir uno por uno. Porque entre hospital y médico hay lo que le llaman solidaridad perfecta que son un equipo, si falla uno, responde el equipo.

¿Por qué esto nos importa a todos?

Mire, como administrado hospitales. Yo sé el miedo que tiene un director cuando llega una demanda. Pero también sé el dolor de una familia que siente que no la escucharon.

Esta decisión no dice que Doña Rita ganó. Dice que tiene derecho a ser escuchada. Que su caso no se puede botar por una tecnicalidad.

Para mis colegas y los miembros de la juntas de gobierno de los hospitales en Puerto Rico, mi recomendación es que se aseguren que no usen la pandemia como excusa para todo.

Tome medidas para garantizar que nuestro equipo clínico documenten bien. Si usó una prueba, una vacuna, un tratamiento, escríbalo y explique por qué. De igual forma, que pacientes y su representante autorizado reciban adecuadamente las instrucciones del alta – por ejemplo- qué compre los medicamentos recetados inmediatamente y los consuma una vez los tenga; que el paciente puede regresar a la sala de emergencia si continúan sintiéndose mal ( recuerde que es el paciente quien define su emergencia médica y los médicos la validan) o que acuda a su médico primario a primera hora del día. Pero no crea que con eso ya no le pueden pedir cuentas por una negligencia. La protección legal aquí mencionada existe para el que hace las cosas bien en medio de una crisis, no para tapar errores.

Hubo 4 jueces que no estuvieron de acuerdo. Ellos dijeron que del mismo papel de la demanda se veía que aplicaba la inmunidad y que no debemos convertir las demandas en caballos de Troya con reclamos escondidos. Es una preocupación válida, no queremos demandas frívolas.

Pero la mayoría decidió algo que en salud y en derechos es básico que es “el balance”. Mi enfoque siempre es proteger al que cuida, pero sin quitarle el derecho al que sufre.

La bata blanca protege de virus, no de la responsabilidad.

Nota aclaratoria: Esta columna es una opinión general sobre la decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre la Ley PREP y luego de leer algunos artículos en los diferentes medios. No constituye asesoría. Simplemente es una opinión de quien ha sido paciente y también administrado de hospitales.

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