Juez en caso de Viqueira había demandado a titiritero por supuesta difamación
En otro caso de alto perfil público, el Tribunal de Apelaciones le había advertido sobre su deber de mantener imparcialidad.
El juez superior Ángel Llavona Folguera. (NotiCel/Juan R. Costa)
El juez superior Ángel Manuel Llavona Folguera, quien el viernes pasado absolvió de asesinato al vecino del biólogo Roberto Viqueira Ríos, tiene una reclamación pendiente porque entiende que fue difamado en el extinto espacio televisivo “La Comay”, que mantenía y producía el titiritero Antulio “Kobbo” Santarrosa.
Ya un compañero juez superior dispuso completamente de la demanda de Llavona Folguera porque falló en emplazar a tiempo a algunos demandados y porque concluyó que las expresiones objetadas no constituyen difamación. La controversia, sin embargo, sigue viva con una apelación que el demandante sometió el 1 de noviembre pasado.
Llavona Folguera presidió el juicio del enfermero Eduardo Meléndez Velázquez por el asesinato a tiros de Viqueira Ríos, el punto culminante a una confrontación y acoso vecinal que llevaba años sin resolución, aún cuando se había acudido a los tribunales. Durante el proceso, el juez generó atención pública por sus regaños y amonestaciones a las fiscales. El acusado renunció su derecho a jurado, por lo que optó por someterse al dictamen del juez, quien el viernes pasado concluyó que no procedían los cargos porque el enfermero había actuado en defensa propia. La determinación ha sido objeto de crítica, porque hay dudas de cómo aplica esa defensa si el acusado dejó la discusión con su vecino para ir a su casa a buscar un rifle, tras lo cual volvió a la casa de su vecino a tirotearlo.
La demanda que el juez sometió en octubre de 2024 contra Santarrosa, su coanfitrión Yan Ruiz y el canal 11 (Liberman Media Group LLC), también tiene su origen en un caso criminal en el que absolvió a una acusada, Rebeka González, quien estaba ante él por matar a un joven de 18 años mientras guiaba borracha en contra del tránsito.
Santarrosa entrevistó en su programa, en 2023, a los padres del joven muerto sobre el fallo absolutorio. Durante las dos emisiones del programa que son objeto de la demanda, se insinuó que el juez pudo haber recibido los $200,000 que la acusada llegó a ofrecer a la familia del muerto como transacción, y que la familia rechazó; que el abogado defensor, Pablo Colón Santiago, tenía relación directa con el juez por el activismo político de ambos en el Partido Nuevo Progresista (PNP); que el exgobernador Luis Fortuño Burset le “regaló” la posición de juez tras postularse a la alcaldía de Ponce por el PNP y perder; que su nombramiento ocurrió “sin saber nada” para merecerlo; y que era un “inepto y bandido, sin escrúpulos”. También se exhortaba al juez a que se “expresara” sobre las alegaciones.
Parte del argumento que Llavona Folguera sometió en su demanda es que era una persona privada, lo que implica un escenario más flexible para que el demandante pruebe difamación. Pero, por problemas con el emplazamiento, el juez superior de Guayama, Elías Rivera Fernández, desestimó la causa contra Santarrosa, Ruiz y la compañía productora Concepción TV. Luego, desestimó también contra Liberman, al establecer que el juez es figura pública y que no se había concretado la difamación.
“No podemos colegir que expresiones como ‘politiquero’ a alguien que en su momento participó en actividades políticas y decidió presentar su capacidades y buena voluntad ante un proceso eleccionario, constituyan los elementos jurisprudenciales de malicia real necesarios para probar su caso”, enmarcó Rivera Fernández.
“Podemos razonar que las expresiones evaluativas de la función del demandante como juez denota total desconocimiento sustantivo del derecho, así como, desconocimiento procesal de las diferentes etapas del procedimiento criminal, como lo es una supresión de evidencia y lo que ello implica… No obstante, cuando dichas expresiones provienen de personas que no tienen una formación jurídica formal, como lo son la mayoría de los comunicadores del país, y aun así discuten y opinan sobre temas jurídicos, no puede considerarse como las mismas cumplen con los elementos requeridos para que se
configure la malicia real. Ante las mismas, el temple de la toga debe distinguir”, concluyó el juez.
Esa expresión de su compañero juez superior, recordando que “el temple de la toga debe distinguir”, fue similar a la que le emitió el apelativo a Llavona Folguera en un caso previo que tenía que ver, no con difamación, sino con que se inhibiera por apariencia de conflicto de interés.
En el 2015, Llavona Folguera presidía el juicio por agresión contra el entonces alcalde de Santa Isabel, Enrique Questell Alvarado. Después de que la fiscalía había comenzado el desfile de prueba, el juez divulgó que, unos 15 años antes, el yerno del alcalde lo había “socorrido” profesionalmente para convertirlo en su socio y que la oficina de la sociedad ubicaba en un edificio propiedad del alcalde. Aseguró que “nos sentimos capacitados para continuar los procedimientos”, pero le ofreció la oportunidad a las partes a que presentaran cualquier reparo que tuvieran. El perjudicado, el exrepresentante José Torres Ramírez, pidió a la fiscalía que planteara un cambio de juez, lo que el Ministerio Público hizo. Pero el juez se negó a inhibirse, lo que provocó que la controversia llegara al apelativo.
Ese foro revisor concluyó que, en efecto, las circunstancias hacían necesaria la inhibición y, más aún, después de que así lo pidiera el perjudicado. “El deber del Juez Llavona es prevenir cualquier cuestionamiento a la integridad del proceso y evitar críticas infundadas a la Rama Judicial”, dijo el panel apelativo. Consignaron que no existía prueba de que el juez estuviera prejuiciado, pero que, “al igual que la esposa del César, los Jueces no sólo vienen llamados a ser rectos, sino a parecerlo en toda situación”.
“Entendemos que la decisión del Juez Llavona de no inhibirse probablemente responde a su deseo de
demostrar compromiso profesional y de no evadir su responsabilidad de adjudicar un caso incómodo. La madurez nos enseña, sin embargo, que en ocasiones los Jueces debemos aprender a no actuar, cuando podemos hacerlo, y a renunciar al protagonismo que nos confiere nuestra posición”, concluyeron.
En 2022, Llavona Folguera fue renominado al cargo por el gobierno bipartita que conformaban el ejecutivo Pedro Pierluisi Urrutia, del PNP, y el Senado dominado por el Partido Popular Democrático, después de que la Comisión de Evaluación Judicial del Tribunal Supremo lo encontrara “excepcionalmente bien cualificado”.
En 2023, fue uno de los jueces que el PNP propuso para la presidencia de la Comisión Estatal de Elecciones.
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