Avalaron un proyecto sobre hogares clandestinos de adultos mayores y aumentar los años de reclusión en casos de maltrato contra esta población.
Ponentes en vista cameral sobre delitos contra las personas de edad avanzada. (Suministrada)
El Departamento de la Familia (DF) respaldó este miércoles la aprobación de dos propuestas legislativas que analiza la Cámara de Representantes con el fin de imponer sanciones criminales más severas contra hogares clandestinos de adultos mayores y aumentar la pena de cárcel por el maltrato de personas de edad avanzada.
La secretaria de la Familia, Suzanne Roig, aseguró en una ponencia escrita sometida a la Comisión de lo Jurídico que las medidas actuarían como mecanismos disuasivos en momentos en que el volumen de referidos de maltrato contra adultos mayores refleja la alta carga de casos que atiende la agencia.
“Reclasificar como delito grave la operación clandestina, junto con medidas como la clausura permanente, el decomiso, la inhabilitación y la restitución, fortalece las herramientas disponibles para el Estado frente a aquellas personas o entidades que deliberadamente operen fuera del marco de licenciamiento”, indicó, en referencia al Proyecto del Senado 1071.
La pieza legislativa, aprobada en el Senado a finales de junio, enmendaría la Ley de Establecimientos para Personas de Edad Avanzada (Ley 94-1977) con el propósito de establecer que la operación de centros clandestinos incurrirá en una pena máxima de 10 años de cárcel, una multa no mayor de $250 mil, o ambas sanciones.
Según la licenciada Nicole Báez, directora de Asesoría Legal del DF, en Puerto Rico quedan 1,099 establecimientos para adultos mayores licenciados. La abogada detalló que la agencia clausuró 110 hogares clandestinos durante el 2025 y otros 14 centros que operaban sin licenciamiento han sido cerrados en lo que va del presente año.
Entre diversas recomendaciones, sugirió enmiendas al lenguaje del Proyecto del Senado 1071 para que la disposición penal corresponda al universo de establecimientos que la Ley 94 somete al requisito de licenciamiento y no limitar su aplicación a centros de cuidado prolongado.
Por otro lado, la Oficina de la Procuradora de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA) instó a que la pena de delito grave aplique únicamente para los hogares sustitutos o instituciones de cuidado prolongado, debido a que el efecto y riesgo es menor en los centros de cuidado de menos de 24 horas.
Mientras tanto, el Proyecto del Senado 332 pretende aumentar de 10 a 12 años la pena de reclusión por el delito de maltrato a personas de edad avanzada, tipificado en el Artículo 127-A del Código Penal. Sobre este, la OPPEA sugirió adoptar medidas para que la naturaleza de los delitos de maltrato no se vea diluida mediante acuerdos de culpabilidad o reclasificación a violaciones menos severas.
La secretaria del Departamento de Justicia, Lourdes Gómez, señaló a través de memoriales explicativos que la agencia no tiene objeción con la aprobación de ambas legislaciones.
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