La medida, que debe pasar a la Cámara, reconfigura la administración del Poder Judicial.
La jueza presidenta, Maite Oronoz Rodríguez. (NotiCel/Juan R. Costa)
El Senado aprobó el jueves su proyecto 1096, que crea una “Ley del Poder Judicial de Puerto Rico” con la que se deroga la actual y se instaura el concepto de que la administración de esa rama no recae solamente sobre el juez presidente, sino que el pleno completo del Tribunal Supremo es el que tiene el poder para administrarla.
La medida tuvo la oposición de la mayoría de los ponentes en las tres vistas públicas que celebró la Comisión de lo Jurídico bajo la presidencia de Ángel Toledo López, incluyendo la Oficina de Administración de Tribunales (OAT), el Colegio de Abogados y Abogadas y un grupo de exjueces.
Aunque no comparecieron personalmente, el informe positivo de la comisión toma en cuenta expresiones públicas en oposición que realizó la jueza presidenta Maite Oronoz Rodríguez, así como expresiones formales en opiniones del tribunal que realizaron algunos de los jueces asociados actuales y llamaron “monarquía” al sistema de administración que ha estado en vigor desde que entró en vigor la Constitución del Estado Libre Asociado en 1952.
La versión más reciente disponible de la medida, del 5 de junio, introdujo algunos cambios al proyecto original que radicó el presidente del cuerpo, Thomas Rivera Schatz.
En vez del concepto de “coadministración” del Poder Judicial entre el juez presidente y el pleno, habla de “doble delegación de poderes”, y en vez de plantear que la medida corrige un “error histórico” de interpretación constitucional, dice que se introduce una “adecuada interpretación”.
“El Tribunal Supremo adoptará las reglas para la administración de los tribunales que componen el Poder Judicial y, por su parte, el juez presidente dirigirá y ejecutará las reglas así adoptadas para la administración de tribunales”, dice la medida. El pleno tendrá poder para intervenir, textualmente, en “todo lo relacionado al Poder Judicial”.
Entre los cambios directos de administración que introduce están pasarle al pleno facultades que ahora ejerce Oronoz Rodríguez, como la designación de jueces administradores y procesos como los de compras. También, al juez administrador de la OAT, quien sirve por la confianza del juez presidente, ahora se le crean “directores administrativos auxiliares” que designará el pleno. Se crean también salas especializadas en áreas como condominios, reclamaciones de seguros, asuntos hipotecarios y controversias contributivas.
La versión en el informe positivo elimina dos propuestas del proyecto original que habían provocado objeciones y que eran la fuente del impacto fiscal que identificó la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL). Ya no habrá un Patronato del Poder Judicial (ni el crédito contributivo asociado al mismo). Tampoco ocurrirá una conversión inmediata de todos los jueces municipales actuales a jueces superiores. Ahora la eliminación de los municipales será prospectiva, ocurriendo poco a poco a medida que los actuales se retiran o cesan en sus cargos. Para el 9 de marzo pasado, habían 83 jueces municipales activos.
La medida pasa a la Cámara de Representantes y, de ser aprobada allí, a la gobernadora para su firma. La sesión cierra el 30 de junio, por lo que, para que la Cámara la apruebe antes de esa fecha, tendría que esencialmente descargarla y considerarla sin vistas.
Vea:
Proyecto 1096 busca redistribuir poder entre el pleno del Supremo y su juez presidente
Nueva ley judicial se debate sin senadores, pero con apoyo de mayoría del Supremo
OAT: Reforma Judicial se empuja sin necesidad demostrada ni análisis de consecuencias
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