Las ventas exentas del pago del IVU comenzarán a la medianoche del viernes 22 de mayo y se extenderán hasta las 11:59 p.m. del lunes 25 de mayo.
Secretario de Hacienda, Ángel Pantoja.
El secretario del Departamento de Hacienda, Ángel Pantoja Rodríguez, anunció las ventas exentas del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) para ciertos artículos y equipos de preparación para la temporada de huracanes, que comienza el primero de junio.
“Las ventas exentas del pago del IVU para prepararnos ante la temporada de huracanes comenzarán a la medianoche del viernes 22 de mayo y se extenderán hasta las 11:59 p.m. del lunes 25 de mayo. Exhortamos a los ciudadanos a revisar la Carta Circular de Rentas Internas 26-08, disponible en hacienda.pr.gov, para que puedan planificar sus compras y beneficiarse de esta exención”, expresó el secretario.
Pantoja Rodríguez destacó que esta iniciativa forma parte de las medidas dirigidas a apoyar la preparación de las familias puertorriqueñas ante el inicio de la temporada ciclónica, en línea con las iniciativas impulsadas por la gobernadora Jenniffer González Colón para fortalecer la respuesta y preparación de la ciudadanía ante emergencias.
Las ventas bajo planes a plazo (lay away) cualificarán cuando el pago final sea efectuado y el artículo entregado durante el periodo de exención. En el caso de las tormenteras, el pago final deberá realizarse durante el periodo libre de IVU y el producto deberá entregarse al comprador no más tarde de 30 días luego del pago final.
Los artículos comprados utilizando vales (rain checks) calificarán independientemente de la fecha en que se emitió el vale. Sin embargo, la emisión de un vale durante el periodo libre de IVU no cualificará si el artículo es comprado después del periodo de exención.
Las compras por teléfono, correspondencia, correo electrónico o internet, a través de un comercio o plataforma localizada en Puerto Rico, calificarán para la exención cuando el artículo o equipo sea pagado y entregado al comprador durante el periodo determinado. En cuanto a los certificados y tarjetas de regalo, podrán utilizarse siempre que sean redimidos dentro del periodo establecido en la Carta Circular de Rentas Internas 26-08.
El secretario recordó que cualquier ciudadano que entienda que un establecimiento no está cumpliendo con las disposiciones aplicables durante el periodo de ventas exentas, puede presentar una confidencia a través de SURI Confidencia. La plataforma permite someter evidencia, incluyendo fotos y documentos, para facilitar la evaluación de las querellas por parte del Departamento.
Los artículos de preparación para la temporada de huracanes incluyen los siguientes:
En cuanto a los equipos de preparación, se incluyen los siguientes:
Para información adicional sobre el periodo libre de IVU en la compra de artículos y equipos necesarios para los preparativos ante la temporada de huracanes, pueden enviar un mensaje a través de sus cuentas en SURI o comunicarse al 787 622-0123.
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