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Economy

Visto bueno a proyecto que sustituye arbitrio a foráneas por contribución sobre ingresos

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La Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes avaló la medida, a pesar de la objeción del sector privado.

La Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes aprobó la legislación que busca sustituir el arbitrio del 4% que impone la Ley 154 a ciertas empresas foráneas con un sistema de contribución sobre ingresos para estas compañías.

La medida, aprobada con votación 14-0, es el P de la C 1367, que fue endosado por el equipo fiscal del gobierno, pero enfrenta objeciones del sector privado, que impulsa su propio proyecto para estos mismos fines.

El proyecto establece una “tasa fija general de contribución sobre Ingresos”, para estas empresas de un 10.5% sobre su ingreso de fomento industrial de ventas de productos o servicios, “en lugar de cualquier otra contribución, si alguna, impuesta por ley”.

Dispone además que si Estados Unidos enmienda su Código de Rentas Internas para imponer a cualquier entidad sujeta a contribución sobre ingresos una contribución de al menos 15%, sobre el ingreso de una corporación extranjera controlada, estas empresas tendrán que pagar entonces ese 15% en sustitución de la tasa de 10.5%.

Se propone además en esta legislación que aquellas empresas que deseen permanecer bajo el régimen de la Ley 154, puedan hacerlo y mantenerse en el mismo de manera indefinida.

Crea también este proyecto la “Unidad de Grandes Contribuyentes” y un “Manejador de Créditos Contributivos”, en el Departamento de Hacienda para atender este nuevo sistema contributivo para estas empresas y facilitar la administración y fiscalización de los créditos contributivos que aún puedan recibir.

Esta iniciativa, que es un proyecto de administración que cuenta también con el endoso de legisladores del Partido Popular Democrático, incluyendo el presidente del cuerpo Rafael “Tatito” Montañez, tiene su base en los cambios en reglamentos federales.

Al efecto se indica en el mismo que “los nuevos requisitos de la reglamentación federal bajo las Secciones 901 y 903 del Código Federal, tienen el efecto de que a partir del 1ro de enero de 2023, la acreditación del Arbitrio y las contribuciones sobre ingresos producto de la Regla de Fuente de Ingresos Modificada para propósitos de contribución sobre ingresos a nivel federal no sería posible”.

Así mismo se reconoce en su exposición de motivos la importancia que tienen estas empresas para la economía de Puerto Rico. “Es importante también tener en cuenta que estas compañías multinacionales contribuyen de forma directa con aproximadamente $1,730,000 en pagos de salarios en Puerto Rico lo que representa un total de sobre 36,000 empleos que generan un salario promedio de $47,149 por persona, por lo que es también primordial el mantener esta cantidad y tipos de empleos, además del efecto multiplicador que tiene la actividad económica indirecta e inducida”.

Reconoce también que “el arbitrio se convirtió en una de las medidas de recaudos más importantes para el Gobierno de Puerto Rico en tiempos recientes, representando una porción sustancial del presupuesto del Gobierno de Puerto Rico” .

Objeciones en el sector privado

En audiencias recientes que celebró precisamente la Comisión de Hacienda, el sector privado reclamó que este proyecto “provocaría que varias de las empresas actualmente sujetas a la Ley 154 resulten con cargas impositivas menores por potencialmente cientos de millones de dólares, mientras aumentaría sustancialmente la carga impositiva a unas pocas empresas (entre 3 y 6), en forma tal que éstas subsidien la pérdida de recaudos en otras”.

En esa postura coincidieron entonces la Asociación de Industriales, la Asociación de la Industria Farmacéutica (PIA), la Cámara de Comercio, y el Colegio de Contadores Públicos Autorizados, que favorecieron además el proyecto que sometió la Asociación de Industriales, el P de la C 1345.

La posición de las agencias gubernamentales es que las propuestas contenidas en el proyecto apoyado por los industriales “representarían un costo fiscal cuyo impacto negativo ocasionaría que el PC 1345 no cumpla con el principio de neutralidad fiscal, según requiere el Plan Fiscal”.

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