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Proyecto crea junta para estudiar la reciprocidad del ejercicio de la abogacía con los estados

Ordena a la junta estudiar la posibilidad de que Puerto Rico se “inserte en la tendencia nacional” de adoptar exámenes de reválida uniformes “y de portabilidad de resultados, como el Uniforme Bar Examination y el NextGen Uniform Bar

Por Javier Colón Dávila May 14, 2026
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Proyecto crea junta para estudiar la reciprocidad del ejercicio de la abogacía con los estados

La medida parte de la premisa de que jurisdicciones como Nueva York, California y Texas, entre otras, no otorgan admisión automática a abogados admitidos en Puerto Rico, mientras que la ley 17-1939 -a ser enmendada por el proyecto- sí se los permite. Juan R. Costa/NotiCel.

Un proyecto de ley ante la consideración del Senado hoy orden la creación de una junta especial en el Tribunal Supremo de Puerto Rico para estudiar el andamiaje actual de reciprocidad profesional aplicable a la abogacía entre Puerto Rico y Estados Unidos.

El Proyecto del Senado 1024, del presidente del Senado Thomas Rivera Schatz, también enmienda La ley 17-1939 para eliminar el requisito de 12 meses de residencia en Puerto Rico que se aplica hoy a aspirantes a tomar la reválida de derecho.

Con otro cambio, elimina de la Ley 17-1939 un texto con que se permite que toda persona admitida a la abogacía en cualquier estado o territorio de Estados Unidos puede practicar derecho en la isla.  Esta modificación emana de que el Tribunal Supremo, reglamentariamente, le requiere a casi todos los aspirantes a ejercer la abogacía en Puerto Rico pasar una reválida, según indica la medida.

Las excepciones a pasar la reválida local incluyen solo litigar en el Tribunal de Distrito de Estados Unidos en Puerto Rico y lo que se conoce como el Pro Hac Vice, un permiso especial que otorgan los tribunales locales para trabajar en un caso específico “siempre que el abogado extranjero esté acompañado por un abogado local activo”.

La medida parte de la premisa de que jurisdicciones como Nueva York, California y Texas, entre otras, no otorgan admisión automática a abogados admitidos en Puerto Rico, mientras que la ley 17-1939 -a ser enmendada por el proyecto- sí se los permite.

“Esta Asamblea Legislativa considera imprescindible eliminar esta disposición, y en su lugar, adoptar un enfoque responsable y prospectivo que establezca una política pública coherente de integración y equidad en la profesión legal. Con este fin, se crea una Junta Especial para el Estudio de la Reciprocidad profesional en la abogacía y del examen de reválida”, lee el proyecto.

La junta a ser creada deberá contar con representación equitativa de la Asociación de Abogados y el Colegio de Abogados y Abogadas y podrá contar con representación de las Escuelas de Derecho.

“Esta junta tendrá la encomienda de analizar los modelos de reciprocidad aplicados en otras jurisdicciones, identificar las barreras que impiden la inclusión de Puerto Rico en dichos esquemas y proponer alternativas viables para insertar nuestra jurisdicción en redes de mutuo reconocimiento profesional. Dicho análisis deberá tomar en consideración Ia naturaleza mixta del ordenamiento jurídico puertorriqueño, incluyendo su base civilista en materias sustantivas como obligaciones y contratos, reales. sucesiones y derecho de familia, así como la necesidad de proteger al público mediante estándares adecuados de competencia profesional”, lee la medida.

Además, ordena a la junta estudiar la posibilidad de que Puerto Rico se “inserte en la tendencia nacional” de adoptar exámenes de reválida uniformes “y de portabilidad de resultados, como el Uniforme Bar Examination y el NextGen Uniform Bar que, según el proyecto, “han sido adoptados o se encuentran bajo consideración en diversas jurisdicciones de los Estados Unidos como parte de una tendencia hacia la portabilidad de resultados y la evaluación uniforme de competencias mínimas”.

La junta tendría hasta dos años para presentar los resultados de la investigación a la Legislatura.

Estos estados y territorios de Estados Unidos permiten a abogados admitidos en Puerto Rico solicitar admisión a ejercer el derecho sin la necesidad de tomar la reválida general:  Distrito de Columbia (DC), Colorado, Illinois, Indiana, Iowa, Maine, Maryland, Massachusetts, Michigan, Minnesota, Montana, Nebraska, Dakota del Norte, Ohio, Oregon, Tennessee, Texas, Washington y Wisconsin.

Sí piden otros requisitos como un mínimo de años en la abogacía, pasar un examen de ética, que la Escuela de Derecho de la que se graduaron esté acreditada y un certificado de good standing con el Tribunal Supremo.

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