Pagos de mantenimiento, derramas o multas. Organizaciones describieron la práctica como un castigo que vulnera a los más desventajados.
Ayuda Legal planteó que reconoce la importancia de la estabilidad económica de las administraciones de condominios y que lo verdaderamente importante no es consignar si existe una obligación de pago, sino “cuáles mecanismos deben estar disponibles para procurar ese cobro…”. Archivo/NotiCel.
La organización Ayuda Legal, entre otras organizaciones, favoreció esta mañana un proyecto de ley que prohibiría el corte de servicios esenciales como electricidad, agua potable, gas o telecomunicaciones por atrasos en el pago de cuotas de mantenimiento, derramas o multas.
El Proyecto de la Cámara 961 enmienda la Ley de Condominios para viabilizar la prohibición y propone, como alternativas en manos de la Juntas, las reclamaciones judiciales, los embargos preventivos y la consignación judicial de cánones de arrendamiento.
Igualmente ven con buenos ojos, tras un previo aviso de 15 días al titular moroso, restringir el acceso a instalaciones no esenciales como áreas recreativas, estacionamientos adicionales y otros “servicios similares”. Esos servicios no podrían ser suspendidos sin “notificación, diálogo y evaluación individual del caso”, cuando en el hogar resida una persona mayor de 65 años o una persona con discapacidad.
“Dicha suspensión no afecte la habitabilidad ni la seguridad del apartamento o sus residentes”, lee el proyecto del representante Sergio Estevez Vélez y discutido en la Comisión de Vivienda.
Ayuda Legal planteó que reconoce la importancia de la estabilidad económica de las administraciones de condominios y que lo verdaderamente importante no es consignar si existe una obligación de pago, sino “cuáles mecanismos deben estar disponibles para procurar ese cobro…”.
Ayuda Legal, en un escrito firmado por su directora ejecutiva Ariadna Godreau Aubert, proyecta que el 2026 cerrará con cerca de 2,750 casos de desahucio por falta de pago de renta y cerca de 2,000 ejecuciones de hipotecas. Mientras, el país sigue envejeciendo, con 24.6% de la población sobre los 65 años y el 40% de ese grupo viviendo bajo condiciones de pobreza.
Alertaron que el corte de un servicio esencial puede tener consecuencias sobre personas que van más allá del titular, afectando la higiene, la preparación dee alimentos y otras necesidades básicas.
“La inseguridad de vivienda no puede examinarse exclusivamente desde el incumplimiento individual de una obligación. Es necesario considerar también las condiciones económicas que determinan la capacidad real de las personas y familias para sostener los costos de permanecer en sus hogares”, indicaron.
“Una derrama extraordinaria, un aumento en la cuota de mantenimiento o un incremento en otros costos asociados a la propiedad puede alterar de manera significativa un presupuesto ya comprometido con necesidades básicas”, agregaron.
Otras organizaciones a favor
La Asociación de Titulares de Condominios favoreció la medida, pero sostuvo que la prohibición no debe proteger unidades que no son utilizadas como residenciales principales ni unidades utilizadas para alojamiento de corta duración.
Señalaron que el corte de servicios esenciales se ha convertido en un mecanismo “de coerción, castigo y, en ocasiones, desplazamiento involuntario” que pone en peligro el derecho a la vida, a la salud, a la dignidad humana, vulnera el debido proceso de ley y el principio de proporcionalidad.
La Asociación de Administradores de Condominios también favoreció el proyecto al señalar que la desconexión de servicios “se ha tornado en una práctica totalmente abusiva y a manera de castigo”. La práctica de corte de servicios arrancó en Puerto Rico en 1976 a raíz de un caso del condominio Torre del Mar que fue avalado por el Tribunal Supremo.
Se codificó finalmente en el 2003.
La Asociación de Condominios y Controles de Acceso, la Asociación Estadounidense de Personas Jubiladas (AARP, por sus siglas en inglés) y la Oficina de la Procuradora de las Personas de Edad Avanzada también favorece el proyecto.
Oposición de la Asociación de Condominios y Controles de Acceso
La Asociación de Condominios y Controles de Acceso (ACCPR) se opuso al proyecto al señalar que el corte de servicios es el “mecanismo más eficaz y proporcional para garantizar el pago de cuotas; sustituirlo únicamente por vías judiciales dejaría a los condominios sin liquidez suficiente mientras se dilucidan los pleitos”.
Señalaron que multas incluidas en el proyecto chocan con inmunidad condicionada de los miembros de las Juntas de Directores y que las protecciones a personas de más de 65 años o con discapacidad es responsabilidad del gobierno y “no del presupuesto ordinario de los condominios”. Apuntaron a que el ordenamiento actual contempla casos de mora significativa, incluye notificaciones mínimas de 15 días y evaluar planes de pago “cuando se acredita merma de ingresos”.
“Resulta incompatible con la estructura y la política pública del régimen de propiedad horizontal en nuestro ordenamiento”, indicaron sobre el proyecto.
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