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Navidades de suspenso para abogados de Jensen Medina

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Jueza no resolverá aún petición de descalificación

La moción del Ministerio Público para descalificar a los abogados del cerrajero Jensen Medina Cardona, acusado por el asesinato de Arellys Mercado, quedó pendiente para resolver por la jueza Sylmari de la Torre Soto luego que escuchara los planteamientos de fiscalía y de los abogados de defensa, quienes reforzaron su representación con dos abogados adicionales.

El curso de esta controversia determinará si Medina Cardona, acusado por el asesinato de Arellys Mercado Ríos, continuará con su batería de abogados del bufete Gordon Menéndez. Tanto el inicio del juicio en su fondo como las mociones de la defensa para suprimir evidencia clave del proceso judicial quedan en pausa hasta que se resuelva esta controversia.

Los argumentos planteados durante la vista del miércoles en el Tribunal de Fajardo se centraron alrededor del registro efectuado por la Policía mediante tres órdenes de diligenciamiento el 21 de agosto, después de que el tribunal encontrara causa para arresto contra Medina Cardona. Pese a que la fiscalía insistió que el abogado de defensa Orlando Cameron Gordon fue instrumental para dirigir a los agentes investigadores a la residencia donde finalmente ocuparon las armas de fuego del entonces imputado, la defensa sostiene que él no tuvo rol alguno en la entrega de las mismas y se mantuvo fuera de las residencias allanadas mientras la Policía diligenciaba las órdenes.

El fiscal Eduardo Beale Targa insistió en su argumentación ante la jueza de la Torre de que Cameron Gordon fue notificado sobre las órdenes de diligenciamiento por el agente investigador, Luis Alejandro, después de la vista de causa y este accedió al mismo. Declaró que el agente Alejandro le notificó sobre tres órdenes de allanamiento, una para las cámaras de seguridad de la residencia en Caguas Millenium 2, otra para ocupar las armas registradas a nombre de Medina Cardona y una última para registrar el vehículo Dodge Ram de su cliente.

Sin embargo, los argumentos que proveyó el principal abogado de la defensa, Jorge Gordon Menéndez, apuntan a que Alejandro le mostró a Cameron Gordon una de las tres órdenes una vez llegaron a la casa en Caguas Millenium 2 y no le entregó copia. Una vez llega la hermana de Medina Cardona a la residencia, los agentes proceden a diligenciar la orden de registro contra las cámaras de esa casa, ella notifica a los agentes que su hermano estaba viviendo en una residencia en el Barrio Rio Cañas de Caguas y por solicitud del agente investigador los dirige hasta allí.

La hermana, Glenda Lee Medina Cardona, solicitó a Cameron Gordon y al licenciado Jorge Gordon Pujol a acompañarla hasta la otra residencia en Rio Cañas.

Uno de los señalamientos hechos por el Ministerio Público y reiterado por Beale Targa fue que los agentes investigadores fueron dirigidos a la residencia donde ubicaban las armas de fuego registradas a nombre de Medina Cardona por Cameron Gordon, a quien le adjudicó también haber informado al agente Alejandro la dirección de la residencia de dos pisos en Río Cañas de Caguas como el lugar donde residía su cliente. Gordon Menéndez refutó ese detalle al señalar que fue la hermana de Medina Cardona quien dirigió a los agentes investigadores desde la residencia en Caguas Millenium 2 hasta la casa en Rio Cañas y también fue la persona que habló con la persona en esa residencia – a quien no se identificó ni por la Policía – para permitir acceso a los agentes.

En Rio Cañas, el agente Alejandro logra encontrar las armas dentro una funda en un armario y proceden a registrar las armas. El recibo de propiedad fue firmado por la hermana de Medina Cardona.

El detalle que enfatizó la defensa es que las órdenes expedidas por el tribunal fueron dirigidas a la casa en Caguas Millenium y no para la casa en Rio Cañas, detalle que incide sobre la moción de supresión de evidencia que presentaron previo a que el ministerio público radicara la moción de descalificación. Por otra parte, la defensa enfatizó que ni a Cameron Gordon ni a Gordon Pujol les presentaron las otras dos órdenes de registro hasta que comenzó el proceso de descubrimiento de prueba ya en la fase preliminar del caso.

A ese fin, Gordón Menéndez cuestionó cómo y por qué el agente Alejandro procedió con el allanamiento en la residencia de Rio Cañas sin contar con una orden de registro debidamente certificada para esa residencia. No obstante, Gordon Menéndez cuestionó las razones de Fiscalía en presentar la moción de descalificación a esta etapa de los procesos, cuando contaron con los señalamientos que consignan en su petición de descalificación desde que comenzó la investigación.

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