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Otro cantazo para Rosselló en caso del Instituto de Estadísticas

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Supremo le dice que espere por el Apelativo

El Tribunal Supremo determinó ‘no ha lugar’ la petición del gobernador Ricardo Rosselló Nevares a los recursos de auxilio presentados en el caso del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico.

Hace una semana, el juez Anthony Cuevas Cruz, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, ordenó a Rosselló Nevares a cesar y desistir de intervenir indebidamente mediante la destitución de sus miembros en el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico (IEPR).

Entonces Rosselló Nevares llevó su reclamo al Tribunal Supremo, donde le dijeron que tiene que esperar a que el Tribunal de Apelaciones pase juicio sobre el caso y tome su determinación.

‘Estoy conforme con proveer un no ha lugar… y no resolver la controversia en este etapa de los procedimientos. Ello le dará oportunidad al Tribunal de Apelaciones de atender el recurso de apelación que está pendiente ante sí y resolver la controversia conforme a derecho’, escribió la jueza Pabón Charneco, con lo que estuvo de acuerdo el juez Kolthoff Caraballo.

En julio de 2017, el Gobernador removió de sus puestos a varios miembros de la Junta del Instituto a la vez que solicitó que permanezca en su puesto al director ejecutivo, Mario Marazzi, quien ha ocupado el puesto por los pasados 10 años.

Rosselló Nevares se amparó en los poderes que le confiere la Ley 3 del 2017 – que lo faculta para remover miembros de juntas directivas en el gobierno – para remover a cuatro miembros y nombrar a la presidenta de la Junta de Planificación, María Gordillo, la CPA Jeanelle Alemar, Álex Lopez Echegaray y Bethsie Rosa Reyes. Poco despues de esa movida, los miembros destituidos de la Junta de Gobierno del Instituto se reunieron para renominar al actual director.

El juez Cuevas Cruz determinó que la resaca en la institución es nula e ilegal a la vez que ordenó la restitución de los codemandados.

En su demanda, el Instituto de Estadísticas sostuvo que dos juntas directivas operaron paralelamente tomando decisiones inconsistentes entre sí provocando confusión e incertidumbre, con lo cual coincidió la orden emitida el pasado jueves.

La sentencia de Primera Instancia establece que el director del Instituto tiene facultad para tomar todas las acciones que considere necesarias para ejercer sus facultades y deberes, a la vez que podrá acudir al tribunal para hacer cumplir la ley orgánica del IEPR.

En julio del pasado año, Marazzi radicó en el Tribunal una solicitud de sentencia declaratoria, para que se dilucidara la controversia sobre la junta de directores de este ente.

‘En el referido recurso, se demanda a ambos grupos de personas por igual. Les puedo asegurar que esta institución acatará la determinación del Tribunal, sea cual sea’, dijo Marazzi en conferencia de prensa.

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