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Firmada la ley contra el hostigamiento en las escuelas

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El gobernador Alejandro García Padilla firmó hoy, lunes, la ‘Ley contra el hostigamiento e intimidación o ‘bullying’ del Estado Libre Asociado de Puerto Rico’ para salvaguardar el entorno escolar como uno libre de violencia, eliminando todo tipo de hostilidad y propiciando el enriquecimiento del intelecto de los niños y jóvenes del país.

Se conocerá como la ‘Ley Alexander Santiago Martínez’, y dispone que el Departamento de Educación; la Asociación de Escuelas Privadas; el Departamento de la Familia; el Departamento de Salud; el Departamento de Justicia; la Policía de Puerto Rico; y la Asociación de Psicología Escolar de Puerto Rico tendrán oficiales de enlace encargados del manejo de casos de hostigamiento para trabajar los casos provenientes tanto de escuelas públicas como de instituciones privadas.

Estos departamentos y asociaciones desarrollaánr programas y talleres de capacitación sobre hostigamiento o intimidación en escuelas privadas, públicas y de educación superior para capacitar al personal docente, no docente, padres, madres y estudiantes con estrategias de prevención, identificación y manejo del ‘bullying’. Igualmente, el estatuto mandata al Departamento de Educación a que diseñe un protocolo de manejo de casos de hostigamiento para los planteles escolares públicos y al Consejo de Educación de Puerto Rico a que promueva la normativa aplicable que deberá incluir toda institución escolar privada dentro del protocolo de manejo de casos de hostigamiento.

De otro lado, el Primer Ejecutivo firmó el Proyecto del Senado 967 para crear la ‘Ley para el Acceso, Adiestramiento y Apoyo Extendido para la Inserción Social de las Personas de 16 años en adelante con Diversidad Funcional’.

Las leyes hasta el momento desarrolladas con el propósito de integrar a las personas con diversidad funcional a la fuerza laboral y a la vida independiente, no proveen suficientes recursos para la prestación de servicios de apoyo a las personas con diversidad funcional de 16 años en adelante si las mismas no demuestran potencial rehabilitativo para empleo. Por consiguiente, con este nuevo estatuto, el gobierno persigue eliminar las barreras de servicio existentes, proveyéndole a esta población acceso a una mayor variedad de servicios y promoviendo así su inserción social a través de las diferentes etapas de la vida.

La medida también transforma a la Administración de Rehabilitación Vocacional en la Administración de Servicios de Rehabilitación y dispone que la misma estará conformada por dos divisiones: la División de Servicios de Rehabilitación Vocacional y la División de Servicios de Acceso y Rehabilitación Integral. Esta última división ofrecerá servicios para las personas de 16 años en adelante que requieran servicios de vida independiente y que al momento de solicitar los mismos no sean elegibles a los de rehabilitación vocacional.

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