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Los cambios al sistema de Retiro, en arroz y habichuelas (documento)

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La reforma al Sistema de Retiro para Maestros ha traído una retahíla de argumentos, de sectores tanto en contra como a favor. El gobierno ha recurrido a una serie de conferencias de prensa y anuncios publicitarios para vender la Ley 160 como una ‘medida de justicia’, mientras que el magisterio no da marcha atrás al paro de 48 horas que amenaza con interrumpir el comienzo de clases mañana.

El asunto ha suscitado pasiones y confusiones, por lo cual NotiCel se dio a la tarea de recopilar todos los cambios que la nueva ley introduce al sistema de retiro de los maestros del sistema publico del país.

Adicional a la creación del nuevo ‘Programa de Aportaciones Definidas’, la ley introduce enmiendas a la pensión mínima garantizada, a la edad de retiro de futuros maestros, a la aportación del empleado y del patrono, así como a las Leyes Especiales que brindan beneficios adicionales a los jubilados.

Aumento en edad de retiro para futuros maestros

Aunque el gobierno dejó la edad de retiro en 55 años y 30 años de servicio para los maestros que ya están activos en el sistema, la edad de retiro de quienes se integren después del 31 de agosto de 2014, aumentó a 62 añossi se tiene al menos 5 años de servicio y si ha hecho aportaciones individuales de $10,000 o más.

-Lo que el magisterio dice:’La naturaleza del trabajo del maestro y las pésimas condiciones en que tiene que realizarlo hacen casi imposible que éste pueda mantenerse realizando una labor efectiva durante más de 30 años. Es inhumano obligar a un maestro a trabajar hasta los sesenta años’. (Federación de Maestros de Puerto Rico)

-Lo que el gobierno dice: ‘El aumento en la expectativa de vida obliga al sistema a sufragar pensiones por más tiempo de lo concebido al momento de fijar las edades de retiro en la legislación’. (Exposición de motivos)

Pensión mínima garantizada

Se estipula una pensión mínima garantizada de $1,625 para aquellos maestros que no son elegibles para retirarse el 31 de julio de 2014, y posteriormente cumplan 30 años de servicio y 55 de edad. También se establece una pensión mínima de $500 al mes para una cantidad reducida de maestros ya retirados que cobraban $400 mensuales.

Esto es uno de los puntos de mayor controversia entre las partes ya que mientras el gobierno asegura que la pensión promedio de los maestros asciende ‘aproximadamente’ a $1,371 mensuales, la Asociación de Maestros y el grupo EDUCAMOS argumentan que la pensión promedio está en por lo menos $2,000 mensuales, según el cálculo de 75% del salario que estipulaba la ley derogada. ‘El señor Gobernador miente’, había asegurado Eva Ayala, la portavoz de EDUCAMOS, en declaraciones escritas la semana pasada.

Gráfica preparada por la Asociación de Maestros de Puerto Rico. (Suministrada)

-Lo que el magisterio dice: ‘Le reduce la pensión a maestros que tenían una expectativa dada cuando firmaron su contrato con el Departamento de Educación, y calcularon su vida en base a eso’. (José Meléndez Cotto, AMPR)

-Lo que el gobierno dice: ‘El 62% de las pensiones de los maestros son menores de $1,500 mensuales y el 82% son menores de $2,000. Sólo 160 de los 38,000 participantes del sistema cobran más de $3,000 al mes’. (Rep. Jesús Santa, presidente de la Comisión de Asuntos Laborales y Sistemas de Retiro)

Aumento en aportación del empleado

Se aumenta la aportación del maestro de un 9% a un 10% de su salario mensual, sujeto a una revisión para el año fiscal de 2017 y el año fiscal de 2021, que equivaldríaa un 12.1%y 14.02%, respectivamente.

-Lo que el magisterio dice: ‘Si el salario del maestro no aumenta, el aumentar esa aportación se convierte en una disminución del salario’. (JoséMeléndezCotto, AMPR)

-Lo que el gobierno dice: ‘Les daremos un aumento salarial de $300 al año por los próximos diez años consecutivos’. (Carta abierta de Fortaleza)

Aumento en aportación patronal

La Ley 160 mantiene vigentes los aumentos en la aportación patronal que se dispusieron en la Ley 114 de 2011. Esto sería un 1% anual a partir de 2012 a 2016, y un 1.25% anual a partir de 2016 a 2021. La nueva ley, además, dispone que a partir del año fiscal 2022 la aportación aumente a 20.525% del sueldo mensual del participante.

Como resultado de estos aumentos, el Sistema de Retiro para Maestros recibirá aproximadamente $40 millones adicionales durante el año fiscal 2014, y las contribuciones patronales aumentarán gradualmente cada año fiscal (por un aumento aproximado de $76 millones por año fiscal) a aproximadamente $192 millones para el año fiscal 2021, según el Informe de Datos de Funcionamiento de 2013.

Derogación de Leyes Especiales

Esta ley deroga las leyes especiales que establecen el bono de verano para pensionados, los bonos de medicamentos y el aguinaldo de Navidad a pensionados. En su lugar, dedica un artículo para definir ‘beneficios adicionales’.

El bono de medicamentos es el único que se acoge sin modificaciones. El aguinaldo de Navidad se reduce de $600 a $200, mientras que el bono de verano se elimina.

Aportación uniforme para la Justicia Magisterial

El gobierno creó, además, un fondo de aportaciones adicionales al acoger algunas propuestas del magisterio en torno a la reducción de los gastos administrativos del Sistema y de los gastos administrativos del Departamento de Educación. La ley establece que de estos ahorros se inyectarán $30 millones en el año fiscal 2016, $30 millones en el año fiscal 2017 y $60 millones del 2018 al 2041. Esto representa un total de $1,380 millones al final de 2041.

Aportación adicional anual

Finalmente, la ley permite una aportación adicional a partir de 2018 hasta 2041, si el actuario externo certifica que es necesaria para evitar que el valor de los activos brutos sea menor a $300 millones.

Vea también:La reforma al Sistema de Retiro esconde una fórmula ambigüa

LeyNum160_2013.pdf_5170

Ley 160 de 2013 Reforma de Retiro de Mestros – NotiCel_5180

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