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Panel no asigna FEI a cuatro casos

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El Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI) emitió cuatro Resoluciones en las que ordenó no asignar un Fiscal Especial Independiente (FEI) a los alcaldes de Patillas y Humacao; al presidente de la Comisión Estatal de Elecciones, Héctor Conty; ni al director del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), señor José R. Pérez Riera.

La presidenta del PFEI, Nydia M. Cotto Vives, explicó que los casos de los funcionarios mencionados fueron referidos por el secretario de Justicia y no guardan relación alguna entre sí.

En lo que respecta al alcalde de Humacao, Marcelo Trujillo Panisse, la División de Integridad Pública, Delitos Económicos y Oficina de Asuntos del Contralor del Departamento de Justicia determinó que una información recibida bajo juramento contra dicho alcalde no constituye causa suficiente para investigarlo por la posible comisión de actuaciones delictivas, relacionadas con la alegada sobre facturación de equipo utilizado en el recogido de escombros.

El Panel concurrió con la recomendación del Departamento de Justicia de no asignar un FEI y señala en su resolución que la información recibida bajo juramento no ‘reúne el requisito de causa suficiente para investigar si se ha cometido cualquier delito grave o menos grave, o cualquier delito contra los derechos civiles, la función pública o el erario.’

Sobre el caso del alcalde de Patillas, Benjamín Cintrón Lebrón, el PFEI concurrió con la recomendación del Secretario de Justicia en cuanto a que no existe causa para investigar al ejecutivo municipal sobre posibles violaciones por delitos tipificados en la sección 12.026 de la Ley81 del 30 de agosto de 1991, conocida como la Ley de Municipios Autónomos.

El representante Jaime R. Perelló denunció que el DDEC, dirigido por el señor Pérez Riera, incurrió en violaciones al artículo 19 de la Ley 103, al comenzar una campaña en los principales periódicos del País para propósitos alegadamente no permitidos por Ley.

Agregó la presidenta del PFEI que, de la investigación sobre esta denuncia, surge que PRIDCO no violó la Ley al publicar los anuncios en controversia. ‘Estos cumplen con el deber de PRIDCO impuesto por su ley habilitadora, la Ley 188 para promover la inversión en los sectores de manufactura, servicios y otras empresas en Puerto Rico’.

El PFEI determinó que cualquier beneficio marginal que pudiera surgir por la publicación de los anuncios a favor de la actual administración, no desvirtúa el fin de las leyes orgánicas de PRIDCO y el DDEC.

Finalmente, la licenciada Cotto Vives indicó que luego de evaluar un informe sobre posibles actuaciones delictivas atribuibles a Héctor Conty Pérez, en el desempeño de sus funciones como presidente de la Comisión Estatal de Elecciones, el Panel coincidió con el Departamento de Justicia en que de toda la prueba recopilada no existe causa suficiente para concluir que el licenciado Conty Pérez violó la Ley de Ética Gubernamental, Ley Núm. 12 de 24 de julio de 1985, según enmendada, y el Código Electoral.

Cotto Vives dijo que el querellante en este caso lo fue el señor Leonardo Ramos Hernández quien el 16 de diciembre de 2011, presentó dos querellas juramentadas, en las que le imputó al Conty Pérez violar la Ley de Ética Gubernamental y el ordenamiento electoral al usar su oficina para beneficio personal y emitir represalias en su contra. El señor Ramos Hernández, presentó, además, una querella contra el Senador Alejandro García Padilla, presidente del Partido Popular Democrático (PPD).

Alegó que éste, por conducto del secretario del PPD, Víctor Suárez, obstruyó el proceso electoral al no dar paso a su candidatura para la gobernación por el PPD.

En la Resolución del PFEI se destaca que, de la investigación preliminar surge que el querellante, señor Ramos Hernández se negó a prestar declaraciones juradas durante la investigación preliminar realizada por el Departamento de Justicia. Manifestó no conocer a Conty Pérez, sin embargo adujo que éste, había sido comprado por el señor Richard Carrión del Banco Popular de Puerto Rico y por el señor Juan Zalduondo. Expresó que su querella obedeció a que el presidente de la Comisión se benefició al no cumplir su obligación ministerial de darle una vista y pasar sus querellas al pleno de la Comisión.

Asimismo, el querellante aceptó que en torno al senador García Padilla su querella era una especulación al decir que éste dio instrucciones para que no se aceptara su candidatura a gobernador.

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