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¿Qué hizo, realmente, el Departamento de Justicia con el chat de Telegram?

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Resolución de la OPFEI despedaza pesquisa del DJ.

Llegó cerca del Día de San Valentín, pero está lejos de ser una carta de amor.

La resolución de la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (OPFEI) en la que designa a dos FEI para posiblemente radicar cargos al exgobernador Ricardo Rosselló y a otros cinco participantes del chat ‘WRF’ de Telegram que le costó la gobernación es un inmisericorde desmantelamiento de la supuesta investigación preliminar del asunto que el Departamento de Justicia estuvo realizando por 6 meses.

Hacer una exposición equilibrada de esta nueva confrontación entre Justicia y la OPFEI no es posible porque Justicia ha optado por no hacer público el expediente que refirieron a la OPFEI en enero pasado y que consiste de un informe de 109 páginas y 35 cajas de documentos. Lo que tenemos disponible es la resolución que la OPFEI emitió ayer en la que asigna dos fiscales y, sin temor a malinterpretar, despedaza metódicamente la pesquisa de Justicia.

Los señalamientos de la OPFEI contra Justicia

Veamos algunas de los cañonazos del panel del FEI a la investigación preliminar:

-La investigación de Justicia no aparece firmada por ningún fiscal de la División de Integridad Pública y Delitos del Contralor ‘apartándose del procedimiento regular en los casos bajo la jurisdicción de (la OPFEI)’. Dice que estuvo a cargo de la exjefa de fiscales, Olga Castellón, pero ella se fue y no se sabe a qué fiscal dejaron a cargo. Castellón llegó a Justicia mediante destaque de la fiscalía federal autorizado por la exjefa de fiscales federales, Rosa Emilia Rodríguez, quien defendió a la gobernadora Wanda Vázquez Garced cuando esta fue acusada infructuosamente por la OPFEI en diciembre de 2017, cuando todavía era secretaria de Justicia. Ahora Rodríguez sirve en un comité creado por Vázquez Garced para supervisar el uso de fondos federales.

-Cuando Justicia enumeró los delitos que entendían habían cometido los participantes del chat lo hicieron limitándose ‘al contenido del chat, sin mayor prueba’. La resolución enfatiza que el contenido del chat, en sí mismo, no es prueba suficiente para sustentar cargos en los tribunales.

-Solo se levantaron cinco declaraciones juradas, entre julio y agosto de 2019 (lo cual provoca duda sobre qué pasó en la pesquisa de septiembre a enero) y las declaraciones ni siquiera tocan a todos los miembros del chat. Para añadir a las dudas, Justicia dice que entrevistó a 14 personas, pero solo levantaron esas cinco declaraciones juradas.

-De las 109 páginas del informe de Justicia, ‘gran parte’ se va en repetir conversaciones que se encuentran en el chat ‘sin presentar mayor análisis ni enjundia como producto de su trabajo… la prueba… para algunos de los miembros del chat, es descarnada’.

-La OPFEI entiende que no hubo gestiones investigativas adicionales en el caso durante los meses para los cuales Justicia pidió una extensión de su término original de 90 días para completar la pesquisa.

-Justicia pretendió que el OPFEI considerara como evidencia para efectos de probar delito, las referencias a ‘reuniones, estrategias y asuntos político partidistas efectuadas en La Fortaleza durante horas laborables, según el chat, con el fin de determinar responsabilidad criminal contra todos los participantes’.

-Por indignante que resulte el contenido del chat, revelado por NotiCel, la columnista Sandra Rodríguez Cotto y el Centro de Periodismo Investigativo, el Panel del FEI entiende que su ‘utilidad como valor probatorio en un tribunal es cuestionable dentro de las circunstancias que rodean su obtención y falta de certeza de que su contenido es íntegro y no ha sido objeto de manipulación y que, por consiguiente, no haya sido alterado por terceras personas’.

¿El resultado?

A tres personas (Ia exsecretaria de prensa, Yennifer Álvarez Jaimes; la exdirectora de Ia Oficina de Comunicaciones, Rossy Santiago Velázquez; y al exsecretario de Asuntos Públicos, Anthony Maceira Zayas) se les archivó el referido y quedaron, para todos los efectos, absueltos.

Cinco quedaron en remojo, pendientes a que los fiscales puedan levantar evidencia que los involucre (el exsecretario de Hacienda, Raúl Maldonado Gautier; el exsecretario de Estado, Luis G. Rivera Marín; el exsecretario de la Gobernación, Ricardo Llerandi; y los excontratistas Carlos Bermúdez y Rafael Cerame).

Y Rosselló Nevares y cinco más (el exrepresentante del Gobernador en la Junta de Control Fiscal, Christian Sobrino Vega, el exasesor legal de La Fortaleza, Alfonso Orona Amilivia, el exsecrtario de Asuntos Públicos, Ramón Rosario Cortés, el publicista Edwin Miranda Reyes y el cabildero Elías Sánchez Sifonte) quedaron referidos para posible radicación de cargos pero a algunos se le rebanaron los cargos por los que serían imputados, aunque hay que tener en cuenta que los fiscales no están limitados por los delitos identificados en el referido.

De 7 posible infracciones, Rosselló Nevares quedó con 3; de 7 también, Sobrino Vega quedó con 4, de 6, Orona Amilivia quedó con 3, de 8, Rosario Cortés quedó con 3, de 4, Miranda Reyes se quedó con los mismos 4 y, de 3, Sánchez Sifonte acabó con la posibilidad de 4, el único cuyas posibilidades quedaron peor después del análisis de la OPFEI que del análisis de Justicia.

Para ver la resolución del panel, pulse aquí.

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