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Senado aprueba ley que protege a creadores de contenido menores de edad

El proyecto también obliga al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos crear reglamentación para limitar el tiempo en que un menor podrá estar expuesto a producciones digitales y le reconoce al menor el derecho de solicitar que el contenido sea borrado al alcanzar la mayoría de edad.

Por Carlos González Mar 17, 2026
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Senado aprueba ley que protege a creadores de contenido menores de edad

El Proyecto del Senado 973 fue presentado por Thomas Rivera Schatz. (Suministrada)

El Senado aprobó de manera unánime ayer un proyecto de ley que regula los ingresos generados por menores que participan en contenido digital monetizado.

El Proyecto del Senado 973, radicado por Thomas Rivera Schatz, fue sometido a votación sin debate. Obtuvo 25 a favor. La pieza parte de la premisa de que existe una ausencia de marco regulatorio y que ese escenario crea un riesgo de explotación económica.

La medida propone asegurar que parte de los ingresos generados por contenido digital en el que participen menores de 21 años sea reservado en un fondo especial “un porcentaje proporcional” de los ingresos que serán calculados utilizando la siguiente fórmula: un mínimo de 30% de cada contenido monetizado y hasta 50% si el menor aparece “de manera principal” en la totalidad del contenido.

La cuenta tendrá que ser abierta en una entidad regulada, el dinero no podrá ser retirado o utilizado hasta que el menor alcance la mayoría de edad o por autorización judicial fundada y la cuenta tendrá que estar separada del caudal del padre, madre o tutor y el dinero no podrá ser utilizado para cumplir con obligaciones de estos.

El proyecto también obliga al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos crear reglamentación para limitar el tiempo en que un menor podrá estar expuesto a producciones digitales. Incluso le reconoce al menor el derecho de solicitar que el contenido sea borrado al alcanzar la mayoría de edad.
Esta agencia también podrá imponer multas de hasta $1,000 por incumplimiento.

Millones de personas a nivel global y, a su vez, miles en Puerto Rico, generan contenido audiovisual o fotográfico mediante plataformas como “YouTube”, “TikTok”, “Instagram”, “Facebook” y “X”, entre otras redes sociales, que permiten la obtención de ingresos a través de la monetización directa, patrocinios, donativos o la promoción de productos. En este nuevo entorno, niñas, niños y adolescentes se han incorporado como figuras centrales en la creación de contenido, ya sea como protagonistas de canales familiares, partícipes de videos o promotores de productos y estilos de vida.

“Con la aprobación de esta ley, el Gobierno reitera su compromiso con la protección integral de la niñez y la adolescencia, adaptando su ordenamiento jurídico a las realidades tecnológicas y económicas. El Estado es responsable de asumir un rol activo y vigilante, garantizando mediante esta ley que ninguna actividad lucrativa que involucre a menores de edad se realice en detrimento de su dignidad, su intimidad o su derecho a disfrutar plenamente de los frutos de su participación”, cita la exposición de motivos.

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