Autoridad de Edificios Públicos suspende de empleo y sueldo a exalcalde de Humacao
5 de mayo de 2022 - Conferencia de prensa de Fiscalía federal sobre arrestos de alcaldes de Humacao y Aguas Buenas, Reinaldo Vargas Rodríguez y Javier García Pérez, y el arresto de Joseph Fuentes Fernández, del super PAC Salvemos a Puerto Rico por someter informes falsos a la Comisión Federal de Elecciones. En la foto: Reinaldo Vargas Rodríguez.
La AEP también hará referidos a la Oficina de Ética Gubernamental.
La directora ejecutiva de la Autoridad de Edificios Públicos, Ivelysse Lebrón Durán, anunció la suspensión de empleo y sueldo al exalcalde Reynaldo Vargas tras reuniones y consultas con el área legal y de recursos humanos de la Autoridad.
Se envió copia de carta al Sr. Vargas exponiendo la determinación y concediendo una vista al empleado, se informó.
“La política pública de la Autoridad, recogida en el Manual de Normas de la Autoridad de Edificios Públicos, Artículo IV. Normas de Conducta y Deberes de Todos los Empleados de la Autoridad, establece lo siguiente: “Norma 59: Cumplir cabalmente con las disposiciones de la Ley de Ética Gubernamental, sus reglamentos y disposiciones para empleados públicos”. La Ley de Ética Gubernamental dispone en su Artículo 4.2 (s) que: “un servidor público no puede Ilevar a cabo una acción que ponga en duda Ia imparcialidad e integridad de Ia función gubernamental”. Además, las normas de conducta establecen que cualquier violación a alguna norma que no esté incluida en el Manual será evaluada por la AEP y se tomarán las medidas disciplinarias que razonablemente correspondan”, establece la misiva.
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El documento además dispone que “en atención a la naturaleza y gravedad de los cargos criminales que se le imputan, así como el compromiso y responsabilidad de la Autoridad de Edificios Públicos con una sana administración pública, le notificamos que queda suspendido sumariamente, de empleo y sueldo, efectivo al 17 de mayo de 2022. La conducta imputada e investigada afecta la moral de los empleados de la agencia y de la ciudadanía en general por lo que esta medida de suspensión sumaria se toma en consideración a la sección 6.6 de la Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico, Ley 8 del 4 de febrero de 2017”.
Como parte del proceso y según establece la Ley 8 de 2017, fue citado a una vista. Además, la Autoridad de Edificios Públicos hará referidos a la Oficina de Ética Gubernamental.
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