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Conozca qué deducir de su planilla

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Conozca qué deducir de su planilla

Cuando llega la temporada de las planillas, regresa la misma duda: ¿cuánto podre deducir realmente? Pues la realidad es que no hubo un gran cambio entre las deducciones de 2013 y las que le toca ahora en el 2014, excepto si usted es de los ciudadanos cuyo ingreso anual es menor de $20,000.

‘En julio de 2014, por la Ley 77, se eliminó el crédito por trabajo y lo que está sucediendo es que las personas que ganan 20,000 o menos, y que no pagaban contribuciones por el crédito por trabajo, se están encontrando con que tiene que pagar 200 y 300 dólares, porque en aquel momento no se hizo mucho ruido y no se enmendaron las tablas por retención. Ese es el único cambio significativo que se está dando en este año’, dijo Kermit Lucena, presidente del Colegio de Contadores Públicos Autorizados.

Así las cosas debe saber que si es de este grupo, debe ir separando una cantidad de dinero para pagar, aunque sea a plazo.

Entre las deducciones que puede hacer al momento de radicar su planilla se encuentran los intereses de su hipoteca, que tiene un límite de $35,000, los dependientes, donativos a instituciones benéficas, pérdidas de causas fortuitas a la residencia principal no compensadas por seguros, pérdidas por causas fortuitas de bienes muebles no compensada por seguros y hasta un límite de $5,000, y las aportaciones a la IRA, con un límite de 5,000 para personas solteras y 10,000 para las casadas.

También puede incluir gastos médicos limitado al exceso del 6% del ingreso bruto ajustado, aportaciones al sistema de retiro, aportación a cuentas de ahorros dedicadas a la salud, aportación educativa para las IRA’s de hijos o sobrinos y los intereses de préstamos estudiantiles, pero solo los del contribuyente.

Cuando se trata de personas separadas, destacó el Lucena, hay que ser muy cuidadosos al momento de hacer reclamaciones en cuanto a los hijos. ‘Si recibe pensión, no es tributable siempre y cuando ese beneficio sea para los hijos. Si en parte de esa pensión hay una parte para ella, esa parte sí es tributable. Esto pasa mayormente en los casos de matrimonios que se separan y son ‘high profile’, muchas veces ellos pasan esta pensión para que las mujeres puedan mantener esta estándar de vida alto. Y en el caso de los hombres, ocurre lo mismo: no pueden deducir la pensión de los niños, pero sí lo pueden hacer si le pasan pensión a la ex pareja’, detalló.

En esta misma línea aclaró que, en cuanto a los hijos, hay ocasiones en que los padres se ponen de acuerdo para dividir los dependientes. Si no hay acuerdo, quien puede reclamar los hijos es quien tiene la custodia, pero si lo hacen, tienen que llenar un anejo.

Si usted es un trabajador independiente y rinde servicios para una compañía, debe recibir una hoja conocida como la 480, en la que se establecerá su ingreso de parte de esa compañía. Como trabajador independiente tiene mayor flexibilidad, pues puede deducir algunos gastos de auto, teléfono celular, gasolina y mantenimientos a su vehículo.

Las personas que se mudaron a la Isla en algún momento de 2014 tienen que haber residido ese año más de 183 días en la Isla para considerarse residente y deben informar el ingreso total desde ese momento que llegaron a Puerto Rico.

De otra parte, el CPA José Arjona destacó que ‘alguien que cuida a hijos y/o padres pudiera reclamarlos como dependientes, dependiendo de las finanzas del hijo o padres. Es decir, si el hijo o padres dependen del contribuyente, no solo financieramente, sino también cuido físico por discapacidad o vejez, entonces se consideran dependientes. Si, por alguna circunstancia de la vida, el dependiente tiene ingresos propios suficientes para cubrir sus costos de vida, incluyendo asistencia, y responsabilidad de radicar planilla, entonces hay que tomar eso en consideración’.

Además, aclaró que con los padres, hay que tener cuidado al momento de decidir si se reclaman como dependientes o no, ya que, de hacerlo, pudieran descalificarlos para el crédito para envejecientes que tengan ingresos menores de $15,000.

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