Héctor Luis Acevedo presenta alternativa para los excluidos
El ex-presidente del Partido Popular Democrático (PPD), y reconocido experto electoral, Hector Luis Acevedo, presentó al tribunal federal una alternativa para garantizar el voto para los más de 330 mil electores excluidos del registro electoral, a pesar de la cercanía de la elección general.
De acuerdo con Acevedo, es posible que la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) pueda garantizar el derecho al voto a los 330,902 electores excluidos del registro electoral por no haber participado en la elección de 2008, o anteriores, sin 'mayores penurias' para la CEE.
'Para que este proceso sea factible, el proceso debe cumplir con tres requisitos. Primero, este proceso no debe intervenir con el de los colegios electorales, segundo, debe ser simple y tercero debe minimizar los riesgos', señaló Acevedo antes de recomendar que los electores reactivados, si el tribunal así lo ordena, acudan al Colegio de Añadidos a Mano (CAM) para ejercer su derecho al voto.
Acevedo recalcó que actualmente los CAM existen ya en cada una de los colegios electorales establecidos por la CEE (1533) para la elección de noviembre por lo que no habría que identificar nuevos centros de votación a través de toda la isla. En adición, las operaciones y apoyo logístico a los CAM ya están provistos por el personal de la CEE y los voluntarios de los partidos políticos que participan en la elección.
Acevedo puntualizó además que el nuevo flujo de electores a los CAM no resultaría oneroso, o excesivo, para sus funcionarios.
'Yo estimo que el índice de participación de entre los 330 mil electores excluidos no sería mayor al 40 por ciento, del universo inicial de 500 mil, que ya se reactivo por su cuenta', indicó el experto electoral, refiriéndose a los más de 208 mil electores que se reactivaron para esta elección en o antes del 17 de septiembre.
Para Acevedo, el porcentaje de participación en el grupo de 330,902 electores excluidos fluctuaría entre 10 y 20 por ciento.
'En la última elección, menos de 12 mil electores acudieron al Colegio de Añadidos a Mano. Es decir, un promedio de 10 electores por cada colegio', explicó Acevedo.
En términos de los materiales electorales necesarios, Acevedo aseguró que la CEE dispone de materiales suficientes para proveer a todos los electores que se presenten a ejercer su derecho al voto ese día, incluyendo las papeletas. Luis Alvelo, director de Operaciones de la CEE, confirmó durante su testimonio en sala que efectivamente existen materiales electorales suficientes para los electores regulares y el flujo adicional que pueda llegar a raíz de la posible reactivación de los excluidos.
Para atender la preocupación expresada por el presidente de la CEE, Héctor Conty, en torno a las garantías de pureza en el proceso, Acevedo señaló que sería necesario diseñar un mecanismo mínimo que lo garantice.
'En Ohio, por ejemplo, se requiere de una declaración jurada del elector en la que jure que reside donde dice que reside… Eso pudiera hacerse aquí', indicó Acevedo.
Sin embargo, el experto electoral señaló que Conty 'no está autorizado en ley para hacer tal cosa' [incluir a los electores en el registro y establecer un mecanismo de recusación para ellos], por lo que es el tribunal quien debe ordenarlo.
Hasta el receso de mediodía ordenado por la Juez Carmen Consuelo Vargas solo había declarado el presidente de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), Héctor Conty, quien fue interrogado por el Representante Charlie Hernández, en representación del Partido Popular Democrático (PPD).
'El problema es que a 21 días de la elección la Comisión Estatal de Elecciones no tiene forma de garantizar si estas personas [los electores excluidos] residen donde residían en el 2008, si han fallecido, si residen en Estados Unidos o si han fallecido fuera de Puerto Rico', señaló Conty a preguntas de Hernández.
El presidente de la CEE explicó que si el tribunal ordenara la inclusión de los más de 500 mil electores excluidos del registro electoral vigente por razón de no haber participado en la pasada elección, y anteriores, 'pudiera alterarse el principio de un hombre, un voto' en la medida en que la CEE no tiene manera de verificar si el elector en cuestión ejerce su derecho al voto en el pueblo o distrito en donde alega residir. Y, en el caso de los distritos representativos y senatoriales, pudiera afectarse la recién concluida redistribución electoral.
De acuerdo con la Ley Nacional para el Registro de Electores (NVRA por sus siglas en inglés), el gobierno debe notificar a los electores de su intención de sacarlos del registro electoral antes de proceder a hacerlo. Sin embargo, la aplicabilidad de esta ley aplica había sido solamente para la elección de funcionarios federales.
El PPD y, específicamente las electoras Myrna Colón Marrero y Gladys Rivera Cintrón, reclaman ante el tribunal federal que se les provocaría 'un daño irreparable' al excluirlas del registro e impedirles el voto. En este caso, la juez Vargas había decidido inicialmente desestimar el recurso argumentando la aplicabilidad del estatuto federal a Puerto Rico. Sin embargo, el tribunal del Circuito de Apelaciones en Boston le ordenó a la jueza celebrar una vista evidenciaria para establecer los pros y los contras de incluir en el registro electoral a los electores excluidos/demandantes.
De acuerdo con el tribunal de apelaciones, los demandantes demostraron la posibilidad de prevalecer en sus reclamos y que además han demostrado la posibilidad de sufrir daño irreparable si no se concede el remedio solicitado.
'Entendemos que el expediente no está suficientemente completo en términos de asuntos fácticos', lee la decisión emitida en Boston.