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Villafañe presentar recurso para que Tribunal deniegue demanda del PIP sobre plebiscito criollo

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La petición a través de un recurso de amigo de la corte busca defender la constitucionalidad de la Ley 165 del 2020, que brinda potestad al gobernador para convocar una consulta de estatus el mismo día de las elecciones generales

El candidato a la comisaría residente en Washington por el Partido Nuevo Progresista (PNP), William Villafañe Ramos, presentó este martes, ante el Tribunal Supremo, un recurso para denegar la demanda del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) que busca revocar el plebiscito criollo para las elecciones generales.

En conferencia de prensa, el aspirante resaltó que el demandante y candidato a la gobernación por el PIP, Juan Dalmau Ramírez, apoyó la celebración de dos de las últimas tres consultas de estatus, las cuales resultaron en un apoyo mayoritario para la estadidad.

«Como funcionario electo, tengo la obligación de hacer valer la voluntad de nuestra gente que, desde el 2012, lleva rechazando el estatus actual y eligiendo la estadidad como opción descolonizadora y de futuro», expresó el legislador.

Entre los fundamentos del recurso presentado por Villafañe Ramos, se explica que, para que el PIP pueda impugnar una consulta de estatus, debió haber participado de dicho plebiscito de acuerdo con el Código Electoral, lo cual no ocurrió.

El Artículo 3.5 del Código Electoral establece que todo partido, representado por el comisionado electoral, que no se haya registrado o certificado para participar electoralmente en la votación que sea objeto de querella, investigación o proceso judicial, no tendrá legitimación activa. En este caso, la votación objetada es el plebiscito de noviembre.

Además, el aspirante hizo referencia a la orden ejecutiva emitida por el gobernador Pedro Pierluisi, autorizada por la Ley 165, para argumentar que no se está violando el principio de separación de poderes.

Por último, expuso que los legisladores del PIP «carecen de legitimación activa» pues, según el Tribunal Supremo, se cuenta con legitimación activa cuando se han afectado sus poderes críticos, entre ellos, la falta de participación en debates legislativos, la limitación a la facultad de consentir nombramientos o la anulación del voto legislativo.

De acuerdo con Villafañe Ramos, ninguno de estos escenarios se propició.

«Juan Dalmau no ha sufrido ningún daño que le conceda legitimación activa para impugnar el plebiscito. La alternativa de la independencia, que su partido profesa defender, está en la papeleta. La Ley 165 no impide que el PIP se asocie con otra entidad para defender la independencia, y tampoco incide sobre su libertad de expresión, pues puede defender la independencia libre y voluntariamente», indicó el senador por acumulación.

«Los legisladores del PIP votaron en contra de la Ley 165-2020. Además, presentaron legislación para derogarla. No convencieron a la mayoría por lo que ahora pretenden que lo que no consiguieron en votos, se los conceda el Tribunal», agregó.

El senador por acumulación, quien fue parte de la delegación que votó a favor de aprobar la Ley 165 en 2020, hizo eco de las expresiones del Tribunal Supremo puntualizando que la asamblea legislativa tiene la facultad de escoger «mecanismos legítimos para adelantar su objetivo y registrar la expresión del pueblo».

«Los mismos que apoyaron la consulta de estatus en el 2020, hoy tratan de detener un proceso ilegítimo y democrático porque le tienen miedo a que el pueblo vote y porque saben que los puertorriqueños queremos la estadidad. Tienen miedo a una cuarta derrota en las urnas, y por eso hoy se esconden detrás de argumentos falsos. El plebiscito es una inversión en el futuro de Puerto Rico, lo que nos cuesta es la colonia», finalizó.

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