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Tribunal de Apelaciones confirma sentencia por asesinato de Jensen Medina

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Tribunal de Apelaciones confirma sentencia por asesinato de Jensen Medina

14 de febrero de 2020 - Vista pospuesta al inicio del juicio de Jensen Medina Cardona por el asesinato de Arellys Mercado. En la foto: Jensen Medina se despide de sus padres, Julio Medina.

Medina Cardona fue condenado en el 2022 por el Tribunal de Primera Instancia de Fajardo a cumplir 129 años de prisión por el asesinato de Arellys Mercado Ríos en el 2019.

El Tribunal de Apelaciones, mediante un panel integrado por tres jueces, confirmó el martes la sentencia de culpabilidad de Jensen Medina Cardona, emitida el pasado 11 de enero de 2022 por el Tribunal de Primera Instancia (TPI) de Fajardo, por el asesinato de la joven Arellys Mercado Ríos en el 2019.

Medina Cardona fue condenado a cumplir 129 años de prisión por el asesinato en primer grado de Mercado Ríos y por violación a la Ley de Armas.

El convicto había solicitado al Tribunal de Apelaciones, mediante un Escrito de Apelación Criminal, la revocación de la sentencia de culpabilidad alegando que el TPI había cometido nueve errores.

Medina Cardona alegó, entre varios asuntos contenidos en el documento de apelación, que el TPI «abusó de su discreción al denegar al apelante retirar la renuncia previa a su derecho constitucional por jurado».

También indicó que Primera Instancia «erró en la apreciación de la prueba oral y documental», y que «abusó de su discreción al emitir fallo de culpabilidad», entre otros alegatos.

Medina Cardona también alegó «publicidad excesiva con antelación y durante el juicio, adversa al acusado, originada y estimulada por el ministerio público y otras autoridades», lo que según su defensa «privó al acusado de un juicio justo e imparcial y convicción violentó el debido procedimiento de ley constitucional».

Este último punto fue refutado por el juez ponente, Félix R. Figueroa Cabán.

«Para terminar, el señor Medina no discutió el señalamiento de error relacionado con el impacto de la publicidad excesiva sobre su derecho a un juicio justo e imparcial», explicó.

«Ante esa situación, la OPG (Oficina del Procurador General ) solicita que lo tengamos por no puesto. En todo caso, la OPG considera que el apelante no ha demostrado que la publicidad excesiva fuera extrema, intensa o parcializada en su contra. Finalmente, para la OPG este tipo de error es pertinente en casos de juicio por jurado y no en casos ante tribunal de derecho. De la lectura del alegato se desprende que el apelante no discutió el error relativo al impacto de la publicidad excesiva sobre su derecho a un juicio justo e imparcial. En consecuencia, cónsono con la doctrina previamente expuesta, dicho señalamiento de error se tiene por no puesto. Por los fundamentos previamente expuestos, se confirma la Sentencia apelada», apuntó.

Medina Cardona también es acusado de introducir drogas y un teléfono celular en el complejo correccional de Bayamón. El inicio de la desinsaculación del jurado iniciará el próximo mes de diciembre.

Historia relacionada: Defensa de Jensen Medina apelará la sentencia

A continuación la sentencia de apelación:

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