Una demanda que busca responsabilizar a LUMA Energy, una de sus matrices, Quanta Services Inc., una de las ejecutivas de Quanta, Denise Malone, y al relacionista público Ramón Alejandro Pabón, por el operativo ‘trolero’ en redes sociales llamado “Tumba el tumbe” seguirá a juicio después de que una jueza superior rechazara desestimarla.
La Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego (UTIER) y su expresidente, Ángel Figueroa Jaramillo, sometieron la reclamación en octubre del año pasado y pidieron compensación de $1.250 millones cada uno por los daños que habrían sufrido como resultado de las publicaciones en redes sociales, incluyendo, que propiciaron “la contratación de LUMA y, como consecuencia de ello, perjudicaron la economía, membresía y actividades de la UTIER pues uno de los efectos de la privatización de la (Autoridad de Energía Eléctrica) a través de Luma fue la reducción sustancial de la unidad apropiada representada por la UTIER”.
Las publicaciones fueron realizadas en Facebook, Instagram, Twitter y YouTube, y, de ahí, compartidas persona a persona mediante servicios de mensajería de texto. Su contenido, se alega, fue difamatorio, constituyó hostigamiento cibernético y constituyeron violaciones al derecho a la propia imagen porque usaron el logo de UTIER y fotos de Figueroa Jaramillo. Uno de los mensajes principales en el operativo era que la unión se oponía a la privatización porque se beneficiaba económicamente de la autoridad, que eran un “desastre para Puerto Rico” y que actuaban por acuerdo con gobiernos socialistas de la región.
Al rechazar las mociones de desestimación, la jueza superior Ladi Buono de Jesús dejó a Malone y a Pabón expuestos a tener que responder personalmente por sus acciones, contrario a la petición de estos de que los relevara de responder personalmente porque estaban demandados como oficiales de corporaciones. En el caso de Malone, es principal oficial financiera de Quanta, mientras que Pabón era oficial de BPUMF, LLC y BPUMF, Inc., entidades demandadas que manejaban las publicaciones y presencia cibernética en el operativo.
En su resolución del 10 de mayo, la jueza añadió que en esta etapa, en la que todavía no ha ocurrido descubrimiento de prueba, las alegaciones y la evidencia que los demandantes incluyeron en su petición son suficientes para cumplir con las causas de acción de libelo, incluyendo que las publicaciones se hicieron con malicia real.
De la misma manera, resolvió que los demandados no pusieron al tribunal en condiciones de poder determinar, en esta etapa, que el contenido de las publicaciones estaba protegido por constituir “opinión” o “hipérbole retórica”, dos tipos de contenido que serían inmunes a reclamos de difamación.
Para la resolución, pulse aquí.
Vea:
UTIER demanda a LUMA Energy por las redes sociales de «Tumba el tumbe»
Legislatura investiga página “Tumba el tumbe” y vínculos con LUMA
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